Avanza el proyecto para impedir salir del país a deudores alimentarios

La Comisión especializada del Senado avanzó en el tratamiento de la iniciativa cuya autoría también pertenece al mendocino Julio Cobos.

Avanza el proyecto para impedir salir del país a deudores alimentarios

Por: Mendoza Post

La Comisión de Legislación General del Senado avaló este martes un proyecto de ley que propone la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos y habilitar a la Justicia a prohibir la salida del país a quienes no cumplan con esa cuota.

Se trata de un proyecto surgido de la unificación de dos iniciativas sobre el tema presentadas por los senadores oficialistas Julio Cobos (Mendoza) y Ángel Rozas (Chaco), y consiguió dictamen de la comisión, con lo que quedó habilitado para su votación en el recinto.

El proyecto dispone la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM), que tendrá por objeto elaborar una base de datos unificada que contenga toda la información de los deudores alimentarios inscriptos en los registros de las distintas provincias.

Julio Cobos y Ángel Rozas.

Al registro ingresará "toda persona obligada al pago de cuota alimentaria provisoria o definitiva establecida mediante resolución judicial o convenio homologado judicialmente" que no haya pagado tres cuotas consecutivas o cinco alternadas y que "no hubiese demostrado fehacientemente su cumplimiento", señala el proyecto.

Ver: Un hombre fue impedido de salir del país por debe la cuota alimentaria

Cuando el juez o el tribunal verifique la existencia de incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria deberá enviar de oficio al ReNDAM todos los datos del deudor en un plazo de cinco días hábiles.

Uno de los puntos salientes del proyecto señala que el juez dictará las medidas necesarias a fin de que el moroso salde la deuda y "podrá disponer el impedimento de salida del país hasta tanto cumpla con la cuota alimentaria impuesta o bien se preste una caución suficiente para satisfacerla".

Por otra parte, el proyecto indica que las instituciones públicas o privadas deberán corroborar en el listado del ReNDAM la situación de las personas que, por ejemplo, vayan a desempeñarse en cargos públicos en cualquiera de los tres poderes.

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Lo mismo correrá para quienes soliciten la apertura de una cuenta bancaria; el otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito o débito; inscripciones en los registros de la propiedad inmueble nacional o automotor; la adjudicación a título oneroso de viviendas sociales; renovación del pasaporte y de licencias para conducir, entre otros trámites.

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