Qué dijo la Corte Suprema sobre la constitucionalidad de la prisión perpetua

El tribunal supremo consideró mal concedido un recurso extraordinario en una causa que involucraba una condena a perpetua. ¿Qué implica el fallo?

Qué dijo la Corte Suprema sobre la constitucionalidad de la prisión perpetua

Por: Mendoza Post

En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo que generó confusión respecto de la constitucionalidad de la prisión perpetua. El caso en cuestión giró en torno a un recurso extraordinario que cuestionaba un fallo de la Cámara de Casación Penal. Esa instancia había declarado inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, el cual restringe el acceso a la libertad condicional para quienes cumplen condenas de prisión perpetua por ciertos delitos. 

El fallo de la Corte Suprema, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, declaró mal concedido el recurso extraordinario. Esto significa que, según el tribunal, la Fiscalía no logró fundamentar de manera adecuada sus objeciones al fallo de Casación. En particular, la Corte señaló que el recurso no rebatía los argumentos principales del tribunal inferior, lo que dejó firme la resolución del mismo.

En el fallo, la Corte aclaró que la decisión no implicaba una declaración de inconstitucionalidad de la prisión perpetua en términos generales. En el texto del fallo, se especificó que "no se encuentra discutida la validez constitucional de la pena de prisión perpetua".

Si bien el fallo dejó en pie la decisión de Casación en este caso puntual, no establece un precedente vinculante que modifique de manera general la aplicación de la prisión perpetua en el país.

La decisión se dio en el marco del caso de Sebastián Alejandro Guerra, condenado en 2014 a prisión perpetua por el homicidio de la cabo de la policía federal María Luján Campilongo y el intento de homicidio de su pareja. Guerra fue encontrado culpable de participar en un asalto en 2012 en el que dispararon 30 veces contra la pareja de policías.

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La defensa de Guerra cuestionó la pena de prisión perpetua por considerarla incompatible con los derechos humanos y solicitó que se le permitiera acceder a beneficios como la libertad condicional. Aunque en el caso particular la Corte sostuvo que el condenado aún no cumplía los requisitos temporales para pedir este beneficio, avaló el criterio de la Cámara Nacional de Casación, que había declarado inconstitucional la norma que excluye la posibilidad de libertad condicional para ciertos delitos.

En 2019, un juez desistió de aplicar la prisión perpetua en Mendoza y el caso terminó llegando a la Suprema Corte de Justicia.

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En Mendoza sí hubo un antecedente en el que la Suprema Corte tuvo que definir sobre la constitucionalidad de la prisión perpetua. Fue en 2019 cuando, en el marco de un juicio por jurado, el juez técnico Eduardo Martearena decidió no aplicar la pena de prisión perpetua que había solicitado el fiscal para tres condenados por un brutal crimen en Godoy Cruz. El motivo fue que para él era "inconstitucional".

El magistrado sostuvo entonces que dicha pena atenta contra la Constitución y los pactos internacionales a los que adhirió la Argentina con la reforma de 1994. En esos tratados se establece que las penas tienen como objetivo real la resocialización del delincuente. Entonces, argumentó Martearena, la prisión perpetua impide que se cumpla ese principio de reinsertar socialmente a quien quebró la ley.

El caso terminó llegando a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que a fines de 2020 ratificó la plena constitucionalidad de la prisión perpetua para los hermanos Abel y Rafael Yáñez, y para Nicolás Gutiérrez, los asesinos de Juan Leonardo Lucero (27).

El fallo completo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

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