La Cuarta Cámara del Trabajo falló a favor del Gobierno, que había iniciado una demanda contra un sindicalista que trabaja como asesor en el Senado. Los detalles.
La Justicia le quitó la "inmunidad" a un sindicalista mendocino
En un fallo emitido por la Cuarta Cámara del Trabajo de Mendoza, la Justicia dio lugar a la solicitud del Gobierno para retirar la tutela sindical a José Gustavo Allub, miembro de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y actualmente empleado temporario del Senado en el bloque de La Unión Mendocina.
"Hacer lugar al pedido del Poder Ejecutivo de Mendoza a efectos de proceder a la exclusión de tutela sindical del Sr. José Gustavo Allub, a fin de que no renueve su nombramiento en Clase Presupuestaria 18 de Personal Temporario, y sea reincorporado en la clase presupuestaria C retenida que posee en planta permanente", dice el fallo.
En otras palabras, el fallo judicial establece que si Allub desea quedarse como asesor de La Unión Mendocina en el Senado como empleado temporario, perdería la "tutela gremial". Pero si regresa a su puesto de planta permanente, que es en la Cámara den Diputados, la podría mantener.
La demanda fue presentada en junio de este año por el Poder Ejecutivo de Mendoza, que argumentó que la tutela sindical que cubre a Allub no debería aplicarse a su rol actual como personal temporario del Senado, dado que su posición original es la de auxiliar de bloque en la Cámara de Diputados.
Allub, además de su rol en la administración pública, fue electo en 2022 como miembro de la comisión directiva de UPCN en la seccional Mendoza, cargo sindical que le otorga protección contra despidos y otras modificaciones de sus condiciones laborales sin autorización judicial.
En noviembre de 2023, UPCN propuso a Allub como delegado gremial, con la expectativa de que su protección sindical se extendiera a su nuevo cargo temporario como asesor en el Senado. Sin embargo, el Senado de Mendoza consideró que dicha posición temporaria no debería quedar amparada bajo la figura de tutela sindical.
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En su análisis, el juez Fernando Jaime Nicolau señaló que la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales permite a los empleadores solicitar la exclusión de la tutela sindical en situaciones donde existan motivos para modificar las condiciones laborales de un trabajador que ocupe una posición con dicha protección. Según Nicolau, el fallo permite que Allub regrese a su puesto original sin menoscabar su derecho a la estabilidad, dado que el cargo temporario en el Senado fue concedido por un período específico que concluye a fines de 2024.
Por su parte, Allub y su defensa habían argumentado que la medida del Gobierno era arbitraria y que atentaba contra su libertad sindical. El sindicalista aseguró que su rol en el Senado era compatible con su tutela sindical y que, al momento de su nombramiento, no existían objeciones sobre su designación. Además, señaló que la medida del Gobierno obedecía a un intento de limitar su influencia dentro del ámbito legislativo y que constituía un acto de discriminación.
Sin embargo, la Justicia desestimó estas afirmaciones, indicando que no existían pruebas de que la intención del Gobierno fuera lesiva a la libertad sindical.