Se publicó la reglamentación de una parte de la Ley que busca desregular y reorganizar el Estado Nacional.
Se reglamentó la Ley Bases: qué es el "silencio administrativo"
El Gobierno reglamentó el primer tramo de la Ley Bases a través del Decreto 695, publicado en el Boletín Oficial este lunes. Este decreto, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos, y los ministros de Economía Luis Caputo y de Desregulación Federico Sturzenegger, busca avanzar en la reorganización de la administración centralizada y descentralizada, así como en las privatizaciones y el empleo público.
Uno de los puntos clave del decreto es la reorganización administrativa, que permite al Poder Ejecutivo reorganizar, transformar y liquidar fondos fiduciarios públicos siguiendo la Ley N°27.742. Este paso busca una mayor eficiencia en la gestión pública y la optimización de los recursos del Estado.
En el ámbito de las privatizaciones, el decreto establece procedimientos específicos para la privatización de empresas estatales. Estos procedimientos incluyen la presentación de informes detallados y la publicación de convocatorias para ofertas, garantizando transparencia y competencia en el proceso de privatización.
Silencio Administrativo
El decreto también introduce el concepto de "silencio administrativo" con sentido positivo. La Jefatura de Gabinete de Ministros tiene un plazo de 15 días desde la entrada en vigencia del documento para aprobar el cronograma de implementación de este mecanismo. Este concepto implica que, en el marco de procedimientos administrativos que requieren una autorización administrativa, si no hay respuesta en el tiempo estipulado, se considerará aprobada la solicitud.
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Las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deberán mantener actualizado el detalle de los procedimientos administrativos sujetos a este nuevo mecanismo. Los procedimientos regulados por normas especiales que ya contemplan el silencio con efecto positivo continuarán rigiéndose por sus respectivas normativas.
Finalmente, la Jefatura de Gabinete de Ministros debe presentar al Poder Ejecutivo Nacional, previo informe de las áreas competentes, los casos específicos en los que no se aplicará el silencio con efecto positivo, según lo dispuesto en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología será la encargada de adoptar las medidas necesarias para garantizar la implementación del silencio administrativo a través de plataformas digitales, asegurando así un proceso más eficiente y accesible.
El decreto completo
Anexo
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