Reglamentaron el uso de las Taser y gases paralizantes en fuerzas federales

Lo hizo el Gobierno Nacional por medio de una Resolución. El Ministerio que conduce Bullrich y la Policía de seguridad interna, trabajarán en conjunto. Listado de armas habilitadas para reducir a agresores.

Reglamentaron el uso de las Taser y gases paralizantes en fuerzas federales

Por: Evangelina Argüello

El Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Bullrich, publicó este viernes en el Boletín Oficial de la República Argentina, la resolución 704/2024, referida al uso de armas no letales como las pistolas eléctricas Taser, entre otras.

La norma establece que "los funcionarios de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales utilizarán armamento no letal para la inmovilización o incapacitación de agresores siempre que lo tuvieran provisto (...), en aquellas circunstancias en las que la utilización de un arma letal excediera la necesidad derivada de la amenaza o pudiera generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar". 

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La reglamentación indica que los efectivos "deberán identificarse como tales a viva voz, advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha manifestación pueda suponer un riesgo de muerte o lesiones para terceras personas, para el agresor, o para el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales o cuando ello resultare evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso".

Por otra parte, la normativa destaca que  si el agresor avanza hacia el efectivo o hacia terceros con actitud hostil, se considerará un acto justificado el uso de este tipo de elementos. También se habilita su uso cuando un sospechoso intente fugarse.

Entre los argumentos de la resolución, se citan "hechos fatales" que se han producido porque los policías no se sentían habilitados para actuar. 

Asimismo, el Art. 3 de la Resolución señala que "Los integrantes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales deberán recibir capacitación especializada como requisito esencial para la autorización del uso de armamento previsto en esta resolución, la cual será supervisada por Dirección Nacional de Formación y Desarrollo Profesional de la Secretaría de Seguridad".

Armas habilitadas:

ARTÍCULO 2º de la normativa puntualiza los ejemplos de ARMAMENTO NO LETAL PARA LA INMOVILIZACIÓN O INCAPACITACIÓN DE AGRESORES:

a. Las pistolas que inmovilizan al objetivo mediante descargas eléctricas no letales.

b. Las pistolas que disparan municiones con substancias irritantes u otros productos químicos no letales.

c. Los artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales.

d. Los gases paralizantes.

e. Cualquier otro armamento no letal aprobado conforme a la reglamentación y que cumpliera los mismos fines.

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