La Libertad Avanza en Mendoza: la justicia le dio el sello a Karina Milei

El juez Quirós decidió que el proyecto de la diputada Arrieta era el que cumplía con todos los requisitos para que se quedara con la denominación partidaria en la provincia. A la vez descartó el pedido del abogado Barraza. Hay un nuevo espacio político y representa a la hermana del presidente.

La Libertad Avanza en Mendoza: la justicia le dio el sello a Karina Milei

Por:Jorge Fernández Rojas
Periodista/Analista

El juez federal con competencia electoral Oscar Quirós resolvió este mediodía darle el sello electoral "provisorio" de La Libertad Avanza (LLA) a la diputada nacional Lourdes Arrieta, quien representa el proyecto político de Karina Milei en Mendoza.

Así, el magistrado definió la controversia entre dos expedientes que pretendían el mismo rótulo para dos proyectos distintos, el mencionado de Arrieta y otro del abogado mendocino Alejandro Barraza (quien terminará dentro del armado de Arrieta). De este modo, Quirós decidió que la solicitud de Arrieta asesorada por el abogado Aldo Vinci, es la que cumplía con lo requerido para quedarse con la denominación partidaria, la misma del frente electoral que llevó a Javier Gerardo Milei como candidato a presidente en las elecciones del año pasado.

Finalmente, el emprendimiento partidario de la hermana del presidente, con el apoyo de los primos Menem, Martín y Lule, lograron instalar LLA en Mendoza como una extensión del partido original nacido en La Rioja. 

Ver: Paro judicial: la Corte pedirá la conciliación obligatoria

Políticamente, significa una consolidación del proyecto libertario en la provincia con el liderazgo de la hermandad presidencial, lo que también significa un empoderamiento de Arrieta en la interna oficialista.

El espacio de la hermana del presidente

También habrá que fijar la atención en los movimientos que se pueden decantar como consecuencia de este nuevo partido que representa los intereses políticos de la Casa Rosada en los organismos nacionales que funcionan en Mendoza, teniendo como antecedente las disputas que se han detectado por la conducción de la delegación provincial del PAMI que ahora dirige el escribano Carlos Soloa Vacas ubicado allí por Arrieta, pero ahora distanciado de la legisladora libertaria.

En lo estrictamente judicial Quirós decidió descartar las observaciones que hicieron contra el expediente de Arrieta, en particular el congresal del Partido Libertario Damián Córdoba quien protagonizó un hecho violento con los padres de la diputada después de la audiencia del martes 14 y terminó en una denuncia penal.

Ver: Interna libertaria: qué pasará con la conducción de PAMI Mendoza

A continuación el texto original del fallo de primera instancia del juez Quirós a la que accedió el Post.

Doc 1459800348 by Florencia Silva

   

RESUELVO 

1º) NO HACER LUGAR a las oposiciones planteadas por la Sra. Carina Mariel Ivascov y el Sr. Federico Damián Córdoba respecto de la utilización del nombre "La Libertad Avanza". 

2º) HACER LUGAR al pedido efectuado por la agrupación de marras y en consecuencia. RECONOCER la personería jurídico política - en forma PROVISORIA - como partido de este Distrito al denominado ‘LA , siglas "LLA" y "L.L.A", y dar por aprobadas LIBERTAD AVANZA' Declaración de Principios (fs. 217/222), Bases de Acción Política (fs. 34/37); Carta Orgánica (fs. 64/69), colores según códigos pantone "negro neutro C", "púrpura C", "241C", "azul 0821C", "143C, "266C" y "naranja 021C" (fs. 248); y símbolos, logotipos e isologotipos (fs. 232/249) con excepción del acompañado a fs. 238 conforme lo expresado en el considerando VIII. 

3º) HACER SABER a la agrupación que a los fines de obtener la personería jurídico-política en forma definitiva, DEBERÁ CUMPLIR con los (cf. art. 7 bis siguientes requisitos a partir de la notificación de la presente ley 23.298): a) En el plazo de 150 DÍAS, acreditar la afiliación de 4.000 electores del Registro de este Distrito Mendoza , acompañando fichas de afiliación con copia de los documentos cívicos de los afiliados donde conste la identidad y el domicilio, certificadas por autoridad partidaria conforme arts. 3º y 5º del Decreto Nº 937/2010; b) En el plazo de 180 DÍAS, acreditar haber realizado las elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del partido 4º) PUBLICAR la presente resolución en el Boletín Oficial de la Nación por el término de un (1) día . , como así también el domicilio partidario, la Carta Orgánica y los colores, símbolos, logotipos e isologotipos adoptados (cf. arts. 60, 63 in fine y 38 de la ley n° 23.298; y art. 14 Decreto Nº 937/2010).

4º) PUBLICAR la presente resolución en el Boletín Oficial de la Nación por el término de un (1) día . , como así también el domicilio partidario, la Carta Orgánica y los colores, símbolos, logotipos e isologotipos adoptados (cf. arts. 60, 63 in fine y 38 de la ley n° 23.298; y art. 14 Decreto Nº 937/2010).

5º) COMUNICAR vía Oficio DEO con copia de la presente a CNE - Registro Nacional de Agrupaciones Políticas (Acordada Ext. CNE Nº 14 /2021). 

6º) TOMAR NOTA en los Registros de este Distrito, en el sistema Lex100 y SIGAP. PROTOCOLÍCESE, CÚMPLASE HF. 

Ver: Cómo ven a Milei, el "patriota" que espera la ley Bases para su gobierno