Hasta el momento hay dos sospechosos detenidos y a un tercero prófugo. Serían los administradores del grupo de WhatsApp en el que instigaban a robar en comercios de Mendoza.
Podrían ir a la cárcel 12 años los autores de los audios que incitaron saqueos
En una acción conjunta entre la Policía de Mendoza y la Fiscalía de San Martín, dos jóvenes fueron detenidos (imagen ilustrativa) en Rivadavia este sábado, bajo la sospecha de enviar audios a través de WhatsApp, incitando a robos y disturbios en comercios de Mendoza. Los detenidos podrían ser acusados por delito de instigación a la violencia pública, del Artículo 109, que se agravaría por el 41 del Código Penal, que tiene como finalidad aterrorizar a la población. Por lo tanto, si se comprueba que la finalidad era alterar la paz social, podrían recibir hasta el doble de la pena.
Estos dos sospechosos, más el tercero que está prófugo y son los administradores del grupo de WhatsApp de donde salieron os audios, podrían enfrentar cargos en virtud del Artículo 209 del Código Penal. Dicho artículo establece que "será reprimido con prisión de uno a seis años, el que públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o institución, antes o después de su perpetración, si la instigación no tuviera efecto." En este caso, los audios enviados podrían ser considerados como una forma de instigación pública, ya que incitaban a la comisión de robos en comercios de Mendoza.
De todos modos, la acusación podría agravarse por el Artículo 41 del mismo código, que establece que "la pena será de uno a tres años de prisión para el que públicamente, por cualquier medio apto para su difusión, incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, en forma que ponga en peligro la paz pública o la tranquilidad pública o aterrorice a la población". La utilización de la palabra "aterrorizar" podría estar conceptualmente incluida en los audios podría aportar elementos para considerar este agravante, dado que generaba un sentimiento de temor entre la población.
¿Qué significa? Si se comprueba que el objetivo de los audios era incitar a los saqueos, en realidad son robos, para generar malestar social, se aumenta el mínimo y el máximo de la pena. Por ello, si el agravante es comprobado podrían ser condenados por el doble del máximo del Artículo 109, es decir hasta 12 años de prisión.
Ver: Son dos los detenidos por la instigación a saqueos en Mendoza
La investigación aún se encuentra en curso a cargo del fiscal jefe del Este, Oscar Sívori, se encuentra en el inicio de recopilando pruebas adicionales para fundamentar la acusación.