De la A a la D, aumentarán en mayor medida su límite de facturación.
Cambios en el Monotributo: las categorías más bajas actualizan la escala 60%
El proyecto de Alivio Fiscal con mejoras para los contribuyentes autónomos y monotributistas obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados. Las modificaciones alcanzarán a casi cinco millones de contribuyentes. Si se aprueba en el Senado, las nuevas escalas se aplicarán desde el 1 de julio.
El proyecto , busca actualizar la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas. Al mismo tiempo pretende aumentar las deducciones de ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.
La iniciativa adelanta al 1 de julio próximo el ajuste para los montos máximos de facturación, para que los monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor, o quedar afuera del Régimen Simplificado. Si bien en el proyecto original se establecía un índice del 29,12,%, durante el debate en el recinto se decidió subir al 60% la escala de facturación de las categorías A, B, C y D para favorecer a los contribuyentes de menores ingresos.
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Los cambios impactarán positivamente en la situación económica de un total de 4.498.419 monotributistas de todo el país, lo que representa el 39% de AMBA y el 61% de las provincias.
Además, se eximirá solo del componente impositivo a las Categorías A ($288 por mes) y B ($555). Para darle progresividad a la medida, este beneficio se aplicará a los monotributistas "puros", es decir aquellos que no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.
Esta exención del componente impositivo beneficiará a 2,1 millones de monotributistas, el 47% del total. En tanto, se aclaró que no se afectará a fondos de obras sociales, no seguridad social.
¿Cómo quedarán las escalas del monotributo?
Si se aprueba la nueva tabla, deberán observar su facturación de los últimos doce meses. De esta manera, los topes por categoría quedarán de la siguiente forma:
Categoría A $748.382,07
Categoría B $1.112.459,83
Categoría C $1.557.443,75
Categoría D $1.934.273,04
Categoría E $2.277.684,56
Categoría F $2.847.105,70
Categoría G $3.416.526,83
Categoría H $4.229.985,60.
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