La Justicia declaró que la animal del zoo de Capital Federal es un "sujeto no humano" y por lo tanto podrá vivir en libertad.
Inédito fallo reconoce a una orangutana como sujeto en Argentina
Un fallo sin precedente emitió la Justicia Federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Le concedió por primera vez un hábeas corpus a un animal en cautiverio porque lo reconoce como sujeto no humano.
Veinte años vivió en el zoo de Palermo la orangutana Sandra, de Sumatra. Pasó dos décadas encerrada para entretener a los niños, pero que ahora recuperará su libertad.
Nació en 1986 en el zoo alemán de Rostock y llegó al país en 1994. Tuvo un compañero con quien formó familia y tuvo a Shembira, trasladada a otra institución.
Tras dos décadas de cautiverio, podría recuperar su libertad y vivir con otros de su especie en un santuario en Brasil.
En un fallo descomunal a nivel mundial, la Sala II de la Cámara de Casación Penal le concedió un hábeas corpus y resolvió, por unanimidad, que gozará de derechos básicos tras ser declarada "sujeto no humano".
Sandra tiene 29 años y fue reconocida como persona jurídica, lo que le abre el camino a ser trasladada a un santuario brasilero donde podría vivir en semilibertad. Si bien los animales no gozan de derechos como las personas, se considera que los chimpancés, orangutanes y gorilas cuentan con un grado de entendimiento y sentimientos similares a los del humano.
"A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática -sostuvo-, menester es reconocer al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente". El tribunal argumentó que se apoyó en el libro del juez de la Corte Suprema, Raúz Zaffaroni, llamado Derecho Penal. Parte General, y en La Pachamama y el Humano. En tanto, la resolución fue firmada por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David.
El hábeas corpus, pedido en noviembre pasado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (Afada), había sido rechazado en noviembre por la jueza penal de instrucción Mónica Berdión de Crudo, pero finalmente la Sala II consideró que se trataba de un "confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad congnitiva".
"En este tipo de pedidos fundamentalistas se desconoce el comportamiento natural de la especie. Los orangutanes son animales solitarios y muy tranquilos, que sólo se juntan para aparearse o atender a sus crías. Desconocer la biología de la especie, alegando injustificadamente maltratos, estrés o depresión del animal, es incurrir en uno de los errores más comunes de los seres humanos que es humanizar cualquier conducta animal. Sandra goza de cuidados excepcionales y vive en soledad porque es lo que requiere su especie", le dijo a La Nación Adrián Sestelo, jefe de Biología del Zoo.
Respecto a la decisión judicial sostuvo: "Es una medida histórica. Constituye un golpe a la columna vertebral del ordenamiento jurídico argentino, cuyas normas civiles consideran a los animales como cosas y abre un camino, no sólo para los grandes simios, sino también para el resto de aquellos seres sintientes que se encuentran injusta y arbitrariamente privados de libertad en zoos, circos, parques acuáticos y centros de experimentación".