Permisos de circulación: ¿quiénes y cómo deben tramitarlo?

Luego de las nuevas restricciones a la circulación, hay que solicitar los nuevos permisos. En la nota los detalles de todo lo que tenes que hacer.

Permisos de circulación: ¿quiénes y cómo deben tramitarlo?

Por: Mendoza Post

En el marco de la segunda ola de contagios de Covid-19, el Gobierno dispuso nuevas restricciones a la circulación y los permisos necesarios. 

En lo referente al AMBA solo podrán utilizar transporte público los trabajadores esenciales, la comunidad educativa y aquellos que ya fueron  autorizados expresamente como así también se establecieron mayores limitaciones en la circulación nocturna. Mientras que, en Mendoza, resta esperar la implementación que se realizará en el ámbito local. 

¿Quiénes son considerados trabajadores esenciales?

Para solicitar el nuevo permiso deberán ingresar en la página www.argentina.gob.ar/circular, o bien obtenerlo mediante la app Cuidar.

Hay que volver a utilizar la aplicación Cuidar.

Cabe recordar que se consideran esenciales a las actividades y servicios cuyo personal afectado ha sido exceptuado a través del artículo 6º del Decreto Nº 297/20 y de las Decisiones Administrativas Nros. 429/20, 450/20, 467/20, 468/20, 490/20, 703/20, 729/20 y 810/20. El listado actualizado está disponible en el sitio www.argentina.gob.ar/circular.

El paso a paso

PASO 1

Ingresar al sitio web o aplicación y hacer clic en "Tramitá tu certificado único habilitante para circular".

PASO 2

Informar en caso de que se tenga DNI argentino o no y hacer click en la opción correspondiente.

PASO 3

Seleccionar provincia de residencia. 

PASO 4

Se deberá seleccionar el motivo por el que se solicita el permiso. Hay dos opciones: porque tenés que viajar a tu trabajo y permisos especiales (trámites, tratamiento prolongado, traslado de hijos, asistencia a familiar). Una vez elegida la opción, hacer click en "Completar formulario".

El resto de los trabajadores esenciales son:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

Hay que realizar una actualización de datos en la app. 

Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos

Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Los permisos deberán estar actualizados para poder circular. 

Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Personal afectado a obra pública.

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Actividades de telecomunicaciones, Internet fija y móvil y servicios digitales.

La policía comenzará a realizar más controles en la vía pública. 

Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP

Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Servicios de lavandería.

Servicios postales y de distribución de paquetería.

Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Se analizan medidas en el transporte público. 

Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.

Inscripción, identificación y documentación de personas.

Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.

Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.

Traslado de niños, niñas y adolescentes.

Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES-.

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