Inédito fallo ordenó a la páginal a eliminar información falsa que había perjudicado a un funcionario municipal.
En Corrientes ordenaron a Facebook eliminar una noticia falsa
La Justicia federal de Paso de los Libres, Corrientes, ordenó a Facebook de Argentina y a una página local de esa red social a eliminar información falsa que había perjudicado a un funcionario municipal.
Se trata de un fallo histórico para la provincia y de esta manera la multinacional Facebook Argentina S.R.L deberá levantar las publicaciones con datos falsos que constituyeron calumnias contra personas inocentes afectadas por una noticia falsa, según explicaron a la agencia de noticias NA los abogados Rodrigo Javier Nenda y Martín Fernández, defensores del damnificado.
En este sentido, el juez federal Gustavo Fresneda hizo lugar a una medida cautelar y ordenó retirar publicaciones con información falsa contra el secretario de Gobierno municipal, Javier Sigilo, a quien le habían atribuido un audio de Whatsapp en el que solicitaba supuestos favores personales.
En abril de 2019, el funcionario se había comunicado con un proveedor del municipio para que hiciera un trabajo de obra pública, que consistió en arreglar un tanque cisterna de unos 8 mil litros de agua potable, en una zona periurbana de Paso de los Libres. En un audio, le pidió que se organice con todo lo que necesitaba para solucionar el problema.
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Según la Justicia, en septiembre de 2020 ese mismo mensaje de audio fue tergiversado por productores de noticia falsa (fake news, en inglés) porque estos atribuyeron el contenido a supuestas compras para hacer arreglos en la casa particular del funcionario.
Para la Justicia, este proceder de los autores de la noticia falsa es lo que constituye una calumnia porque le atribuye falsamente al funcionario afectado la comisión de delitos.
Luego de analizar el pedido de los abogados Nenda y Fernández, el juez federal de Paso de los Libres, resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó que retire la publicación del 29 de septiembre de 2020. El magistrado dispuso que se elimine la URL en cuestión, es decir, la dirección específica que se asignó a la publicación.
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