Arranca la nueva "cuarentena administrada": qué rubros retoman actividades

En el marco de la "flexibilización" que anunció Alberto Fernández el viernes, se suman a la lista de exceptuados del aislamiento preventivo y obligatorio una serie de rubros que retoman actividades este lunes.

Arranca la nueva "cuarentena administrada": qué rubros retoman actividades

Por: Mendoza Post

 El Gobierno nacional publicó el sábado el decreto de necesidad y urgencia a través del cual extiende formalmente la cuarentena hasta el 26 de abril, y nuevas excepciones, junto a una mínima flexibilización del aislamiento social que se efectiviza a partir de este lunes. 

Talleres y gomerías

A partir de este lunes vuelven a trabajar a talleres mecánicos  con el objetivo de reparar los patrulleros, ambulancias y todo vehículo utilizado por aquellos exceptuados de cumplir la cuarentena (ver al pie de la nota). Lo mismo con las gomerías. 

También se habilita la venta de repuestos partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta para los vehículos del transporte público, los móviles afectados a las fuerzas de seguridad y el sistema sanitario. En ningún caso podrán realizar atención al público. 

Se permite la fabricación de neumáticos y venta sin atención al público.

Quiénes podrán llevar su vehículo

Sólo podrán hacerlo las personas que estén exceptuadas del decreto por pertenecer a ciertos rubros o realizar ciertas actividades esenciales.  Quien no disponga de autorización para circular, no puede llevar su vehículo al taller. Dado que el objetivo es asistir a las personas que deban movilizarse.

Bancos

Con turno previo, los bancos abrirán a partir de este lunes de 10 a 17 al público y empresas en general para realizar trámites presenciales, y sólo harán pagos por caja a jubilados y pensionados que no posean tarjeta de débito, según terminación de DNI.

Por su parte, las casas de cambios deberán permanecer cerradas, aunque seguirán pudiendo realizar operaciones en forma remota.

Quienes necesiten asistir a la sucursal a realizar algún trámite presencial deberán previamente sacar un turno on line. El BCRA dispuso que esa gestión deberá hacerse mediante home banking, y que el cliente recibirá por mail el turno asignado por el banco. 

Según el Central, ese mail le servirá para poder circular ese día entre su hogar y la sucursal correspondiente.

El cronograma se determinará según dígito de terminación del DNI del cliente (personas humanas) o dígito verificador de la CUIT (personas jurídicas).
- Lunes 0 y 1;.
- Martes 2 y 3;.
- Miércoles 4 y 5;.
- Jueves 6 y 7;.
- Viernes 8 y 9. 

Casas de electrodomésticos 

Las principales cadenas de electrodomésticos, cooperativas de crédito y entidades que otorgan préstamos personales también abrirán desde este lunes, pero sólo para cobrar cuotas.

Los denominados "proveedores no financieros de crédito" podrán atender en sus casas operativas en función del dígito en que termina su DNI (personas humanas) o dígito verificador de su CUIT (personas jurídicas), previa asignación de turno.

Será únicamente para aquellos inscriptos en el correspondiente registro habilitado por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.

Así, empresas como Frávega, Garbarino, Musimundo, Compumundo, Ribeiro, Cetrogar y Naldo, o financieras como Credencial, Cencosud, Credimas y Cuotitas, entre otras, abrirán este lunes 13 para cobrar a quienes tengan que pagar sus créditos, cuyo DNI termine en 0 y 1.

El martes 14 atenderán a los que tengan DNI terminado en 2 y 3, y así sucesivamente, hasta el viernes 17, que será el último día que abrirán para cobrar las cuotas de los créditos personales. En las primeras horas de atención tendrán prioridad los adultos mayores de 65 años y grupos de riesgo.

Las personas tienen que pedir previamente un turno por teléfono, correo electrónico o el portal de Internet de la empresa donde deben pagar la cuota de su crédito personal, que le asignará un turno y la sucursal a la que debe concurrir.

Todas las sucursales de las cadenas de electrodomésticos seguirán cerradas para las ventas de productos electrónicos, que están canalizando por teléfono e Internet y entregan por delivery.

Transporte público

A partir de este lunes se amplia la oferta de transporte público a nivel nacional. El objetivo de la medida es respetar el distanciamiento social. De esta forma, el cronograma de los servicios de transporte público tanto ferroviario como automotor tendrá sus frecuencias y programaciones "normales y habituales correspondientes a la hora ´valle´ del día de la semana de que se trate".

Es decir, circulará con la frecuencia de un día de semana, aunque no llegará a la frecuencia que tiene en las horas pico, sino que se mantendrá con el cronograma de las horas valle. 

Hasta el momento, el transporte público funcionaba con la frecuencia de los días sábado, que es menor a los días hábiles. 

Librerías e insumos informáticos

Desde este lunes se libera la venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.


Las actividades anteriores se agregan a las 42 que ya estaban exceptuadas de la cuarentena, que son: 

-Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, Bomberos y control de tráfico aéreo. 

-Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

-Personal de los servicios de Justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes. 

-Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos. 

-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes. 

-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas. 

-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. 

-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. 

-Personal afectado a obra pública. 

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios. 

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. 

-Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. 

-Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. 

-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. 

-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. 

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. 

-Servicios de lavandería. 

-Servicios postales y de distribución de paquetería. 

-Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. 

-Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica. 

-Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos. 

-Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal. 

-Producción y distribución de biocombustibles. Operación de centrales nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20. 

-Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.

- Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario. 

-Operación de aeropuertos. 

-Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.

-Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera. 

-Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.

-Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal. 

-Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales. 

-Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones. 

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. 

-Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola. 

-Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía. 

-Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

-Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación. 

-Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

- Inscripción, identificación y documentación de personas.

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