El proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivacion Productiva alivia cargas a los empresarios pero también prevé fijar aumentos salariales obligatorios
Moratorias y reducción de contribuciones a las Pymes
Dentro del proyecto de la ley de "Solidaridad Social" y con el foco puesto en la declaración de la emergencia pública económica, financiera, fiscal, adminsistrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, hay importantes beneficios para las Pymes.
Por un lado, faculta a la AFIP a reestructurar deudas impositivas de toda clase, excepto las de impuestos a los combustibles y al juego, y en todo momento, aún cuando haya condena judicial.
La moratoria implica quitas tanto en la deuda como en los intereses y punitorios, el freno de las acciones judiciales una vez que la empresa se acoja al régimen, un máximo de 60 cuotas (cinco años) para deudas de aportes a la seguridad social, y hasta 120 cuotas para otras deudas impositivas.
La tasa será del 3% durante el primer año y luego, será variable.
La otra noticia es la reducción de los aportes patronales para las Pymes dedicadas a los rubros de servicios y comercio. Pasarán de pagar 24% de aportes a 18% (aquellas que facturen hasta poco más de $48 millones anuales, y 20% para las que facturen más.
En este punto, el Ejecutivo Nacional pide al Congreso que lo faculte para definir de qué manera se reparte esa reducción. Sin embargo, teniendo en cuenta que en otra parte del proyecto apunta a cuidar los fondos de la Administración Nacional de la Seguridad Social, podría reducir el dinero que destina a las Obras Sociales.
Sin embargo, también pretende "Disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos", aunque también contemplan eximir a los empleadores de aportes relacionados el Sistema Previsional sobre esos aumentos, es decir que serían no remunerativos.