La Cámara Baja aprobó el proyecto y ahora será tratado en el Senado para que convertirlo en ley.
Los inquilinos celebran que Diputados aprobó la Ley de Alquileres
La Cámara de Diputados aprobó hoy en general el proyecto sobre Ley de Alquileres, que apunta a equilibrar las relaciones contractuales entre inquilinos y propietarios.
En una extensa jornada, la iniciativa logró el respaldo de 192 legisladores, en tanto 23 diputados se abstuvieron y ninguno votó en contra.
El presidente de la Federación de Inquilinos, Gervasio Muñoz, celebró hoy la media sanción del proyecto de ley de Alquileres, pero pidió "cautela" y reclamó que el Senado lo someta a votación el jueves de la semana próxima.
"Estamos contentos de tener la media sanción. Por otro lado, sabemos que esto va para largo y necesitamos que la ley se vote la semana que viene en senadores. Cuanto más se tarde, más se da lugar al lobby inmobiliario", sostuvo el dirigente el declaraciones a NA.
Para Muñoz, esto "no termina acá", sino que "empieza con esta sanción", ya que aún resta la aprobación definitiva en el Senado y luego "la reglamentación y el cumplimiento" de la ley.
Los detalles de la Ley
Además de llevar el plazo mínimo de los alquileres de dos a tres años, el texto consensuado dispone una actualización anual (y no semestral) del precio de todos los contratos (independientemente de su valor), sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación (IPC) y de los salarios (RIPTE).
Por otra parte, se fija que el depósito de entrada sea por un monto no mayor al valor al primer mes de alquiler.
A su vez, se amplía la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.
A su vez, se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino.
Otro beneficio para los inquilinos es que podrán interrumpir el contrato y abandonar la vivienda en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumplen con un mínimo de tres meses de aviso previo.
Además, la ley obliga a que la totalidad de los contratos sean inscriptos ante la AFIP, para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal.