El Senado dio sanción inicial al proyecto que quiere incorporar 18.500 hectáreas a las 67.400 ya existentes.
La Legislatura dio sanción inicial a la ampliación del Parque Aconcagua
El proyecto que tiene como finalidad ampliar el Parque Provincial Aconcagua, enviado por el Poder Ejecutivo a la Legislatura provincial, fue aprobado con unanimidad por la Cámara de Senadores con 28 votos a favor.
La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a través de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, busca ampliar la superficie del Parque Provincial Aconcagua en 18.500 hectáreas, anexando la Quebrada Benjamín Matienzo, ubicada en el departamento de Las Heras, conformando un total de 85.900 hectáreas.
La Quebrada Benjamín Matienzo constituye un espacio que se encuentra vinculado con el Parque Provincial Aconcagua. Sus componentes y características geológicas, fito y zoogeográficas hacen a esta una unidad ambiental de gran importancia para la conservación. La presencia de glaciares, sistemas de humedales conformados por vegas y cursos de agua superficial, especies endémicas de flora, entre otros, constituyen valores suficientes para incorporar la Quebrada Benjamín Matienzo al Parque Aconcagua.
La incorporación al Sistema de Áreas Naturales Protegidas le dará un impulso al desarrollo turístico ya existente y permitirá regular las actividades para que se desarrollen con mayor seguridad y preservando el ambiente. Su proximidad con Las Cuevas, aportará valor agregado a las actividades que puede ofrecer esta población y el aumento de flujo de visitantes impactará directamente en el desarrollo de la zona, informó el Gobierno en su página web.
Los límites del área a anexar se encuentran geográficamente definidos, al norte por la provincia de San Juan, al sur por la Ruta Nacional 7 exceptuando las zonas con asentamientos permanentes y operativos como Las Cuevas y destacamentos gubernamentales previos a la entrada del Túnel Internacional, al este por el Parque Provincial Aconcagua y al oeste por el límite internacional con la República de Chile.
Para esta ampliación se considerarán dos tipos de categorías para su superficie. Una, destinada al desarrollo de actividades recreativas y turísticas a la entrada de la quebrada, bajo la denominación de Reserva Recreativa Natural. Es considerada de su alto valor escénico, paisajístico y recreativo, y se prevé que sea destinada a la realización de actividades con propósitos turísticos, recreativos, culturales y educativos.
Allí quedarán prohibidas la destrucción o degradación de los recursos naturales existentes y toda acción que signifique la alteración de la calidad del paisaje, como también el establecimiento de asentamientos humanos, instalaciones, edificios, construcciones y obras de infraestructura y equipamiento que no armonicen con las características del área o no respeten su fisonomía o paisaje.
El resto del área seguirá con la misma designación de Parque Provincial. Comprende áreas no afectadas por la actividad humana que gozan de representatividad biogeográfica y/o que contengan ecosistemas acuáticos o terrestres, especies de flora y fauna, elementos geomórficos o paisajes naturales de belleza o interés excepcionales, cuya protección es necesaria para fines científicos, educativos, ambientales y recreativos.