Para este segmento el voto es obligatorio, pero en caso de que se abstengan, no serán considerados infractores.
Jóvenes entre 16 y 18 años tienen derecho a votar estas elecciones
La reforma a la Ley de Ciudadanía, sancionada en 2012 (Ley 26.774), extendió el derecho a votar en elecciones nacionales a los jóvenes de entre 16 y 18 años. Si bien para este segmento el voto es obligatorio, en caso de que se abstengan, no serán considerados infractores.
Asimismo, con la sanción de la ley nacional, casi todas las provincias comenzaron también a adaptar su legislación para permitir el voto joven en las elecciones provinciales, Mendoza es una de ellas.
Documentos habilitados para votar
Libreta Cívica.
Libreta de Enrolamiento.
DNI libreta verde.
DNI libreta celeste.
DNI tarjeta.
DNI digital.
Quien asista a votar lo debe hacer con el documento cívico que figura en el padrón o con uno posterior. Aquel que se presente con un documento cívico anterior al que figura en el padrón no podrá sufragar. Por ejemplo: si el ciudadano figura con DNI tarjeta y asiste con el DNI libreta verde, no podrá ejercer su deber de votar.