El mendocino fue el único diputado en sufragar en contra al proyecto aprobado. Las razones las dio en su exposición en el Congreso.
Por qué Ramón votó en contra de la asistencia a víctimas de trata
Este miércoles, en una sesión especial, la Cámara de Diputados de la Nación dio sanción definitiva al proyecto de ley en revisión por el cual se crea el fondo fiduciario público denominado "Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata" (Ley 26.364).
La votación tuvo 183 votos afirmativos, ninguna abstención y un voto negativo: fue del diputado mendocino José Luis Ramón (Protectora Fuerza Política), por lo cual fue criticado.
Hasta este jueves por la noche, Ramón no manifestó nada al respecto. Pero, ¿qué dijo en su intervención en el Congreso?
Esto manifestó el legislador:
"Apoyamos en general la propuesta, así como la mayoría de los mecanismos que se plantean. En concreto, vemos como un avance la generación de mecanismos más rápidos para obtener respuestas a una situación tan grave como las del delito de trata, con las consecuencias gravísimas que este tiene en la victima.
De igual manera, consideramos positiva la generación de fondos de rápida disposición para tomar las medidas que atemperen los perjuicios o incluso impliquen adelantos de justicia válidos para situaciones graves como las que generan este tipo de delitos aberrantes.
Era necesario dada la prioridad que quiere darse a la reparación de los daños generados por este tipo de ilícitos, las modificaciones que se proponen al sistema de prevención de lavado de activos para evitar que, por la conjugación de distintos ilícitos, se termine perjudicando a quienes se intenta defender. En esto creo que todos los bloques vamos a concordar.
En lo que no podemos concordar es en legitimar, bajo el paraguas de una ley donde todos podemos concordar, figuras de decomiso sin condena. Este tema sigue siendo impulsado por el oficialismo y no lo vamos a aceptar desde nuestro bloque.
No es un tema de quienes sean los imputados, ni por qué delito se los esté procesando o investigando, sino que es un tema básico de respeto por las garantías constitucionales. Quienes crean que existen buenos motivos para violar la constitución, se creen por encima de todo el pueblo argentino.
La constitución está para fijar las reglas de juego de toda la comunidad y nadie puede pasar por encima de ella, no importa los loables motivos que tenga para hacerlo.
Acá estamos legitimando expresamente la posibilidad de ejecutar los bienes de una persona únicamente procesada por el Estado por la supuesta comisión de un delito. Hasta que no tenga condena firme, no es culpable, ni esos bienes son producto de ilícito alguno, ya que ninguno está demostrado.
El decomiso que ordena el Código Penal en su artículo 23, es con condena firme y totalmente accesoria a aquella. No es alguien con condena firme de ningún tipo, simplemente existe una sospecha y se ordena "el decomiso sin condena" (art. 13 del proyecto que propone modificar el 28 de la Ley 26.364).
En términos constitucionales, es totalmente inocente, no importa la convicción personal que cada uno pueda tener o no. Para la Argentina es inocente. Por este motivo tan básico y claro, la Constitución y los tratados internacionales lo resguardan.
Nosotros no vamos a apoyar nunca la violación de la Constitución, porque no hay fines que justifiquen esto, si lo quieren hacer, propongan la modificación de la Constitución y el pueblo argentino decidirá si quiere revertir el principio de inocencia que establece en su artículo 18 y que los imputados o perseguidos por el Estado sean culpables hasta demostrar lo contrario, con todo lo que esto significa.
Si no se eliminan las previsiones de los artículos 12 segundo párrafo y tercero, 13 primer párrafo, nosotros no vamos a acompañar avances de este tipo, lamentando no poder apoyar proyectos que tiendan a evitar y reparar los daños que se generan por este tipo de actividades delictivas tan graves".