Tras el feriado de Carnaval, todos se preguntan cuándo será el próximo descanso.
¿Cuándo será el próximo fin de semana largo?
Un nuevo feriado llega a su fin y miles de ciudadanos se consultan cuándo será el próximo descanso.
Según el calendario oficial, los que quieran volver a tomarse un "break" deberán esperar más de un mes.
Lo cierto es que el siguiente fin de semana extra largo será en Semana Santa: jueves 18 y viernes 19 de abril, algo que volverá a juntar cuatro días para poder tener unas mini vacaciones.
Vale aclarar que el próximo domingo 24 de marzo y martes de 2 de abril también serán feriados, pero ambos inamovibles, por lo que no habrá fin de semana largo.
Los feriados que quedan en el año, a fin de programar descanso o minio vacaciones, son los siguientes:
Marzo
- Domingo 24. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible.
Abril
- Martes 2. Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible. No hay lunes "puente".
- Jueves 18. Jueves Santo. No laborable.
- Viernes 19. Viernes Santo. Feriado inamovible. Fin de semana largo de Pascua.
- 19, 20, 21, 25, 26 y 27. Pascuas Judías. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399
- Miércoles 24. Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos, en conmemoración del genocidio armenio. No laborable para empleados y funcionarios de organismos públicos y alumnos de origen armenio. Ley N° 26.199
Mayo
- Miércoles 1. Día del Trabajador. Feriado inamovible.
- Sábado 25. Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.
Junio
- Martes 4. Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
- Lunes 17. Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Fin de semana largo.
- Jueves 20. Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano. Feriado inamovible.
Julio
- Lunes 8. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
- Martes 9. Día de la Independencia. Feriado inamovible.
Agosto
- Domingo 1. Fiesta del Sacrificio. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399.
- Sábado 17. Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
- Lunes 19. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
- Sábado 31. Año Nuevo Islámico. Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica. Ley 23.399
Septiembre
- Domingo y lunes 29 y 30. Año Nuevo Judío. No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
Octubre
- Martes 1. Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
- Martes y miércoles 8 y 9. Día del Perdón (Iom Kipur). No laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. Ley 23.399.
- Sábado 12. Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Lunes 14. Día no laboral con fines turísticos. Fin de semana largo.
Noviembre
- Lunes 18. Día de la Soberanía Nacional (20/11, se adelanta).
Diciembre
- Domingo 8. Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.
- Miércoles 25. Navidad. Feriado inamovible.
El calendario completo de feriados inamovibles y trasladables y los días no laborables se pueden consultar en la página web oficial del Ministerio del Interior.