Los vuelos han sufrido cambios en las últimas semanas. En la nota, el detalle de todas las operaciones comerciales disponibles.
El listado actualizado de vuelos internacionales disponibles
En el difícil contexto actual se han encendido las alarmas ante las nuevas cepas y el creciente número de casos en varios países. A partir de esta segunda ola, las operaciones aerocomerciales han sufrido importantes cambios para las próximas semanas, pero se mantienen las restricciones de ingreso.
Tras investigar los sistemas de reserva de diferentes compañías aéreas así como sus anuncios formales, realizamos un resumen de cómo será la programación de vuelos en Argentina para febrero (siempre sujeto a cambios de último momento).
Los destinos desde y hacia Europa, México, Brasil y Estados Unidos deberán tener operaciones reducidas según la resolución 2/2021.
Aerolíneas Argentinas
· Asunción, Paraguay; 5 vuelos semanales con ERJ 190.
· Bogotá, Colombia; 2 vuelos semanales con A330-200.
· Cancún, México; 2 vuelos semanales con A330-200.
· Florianópolis, Brasil; 2 vuelo semanal con B737-800
· Lima, Perú; 2 vuelos semanales con B737-700.
· Madrid, España; 1 vuelo semanal con A330-200.
· Miami, Estados Unidos; 4 vuelos semanales con A330-200.
· Punta Cana, República Dominicana; 2 vuelos semanales con A330-200.
· Río de Janeiro, Brasil; 5 vuelos semanales con B737-800.
· San Pablo, Brasil; 5 vuelos semanales con B737-800.
· Santa Cruz de la Sierra, Bolivia; 4 vuelos semanales con ERJ 190.
· Santiago de Chile; 7 vuelos semanales con B737-700.
Ver: ¿Nos quedamos sin yerba? Advierten por "faltante"
Otros destinos:
· Curitiba, Brasil: suspendido hasta nuevo aviso.
· Montevideo, Uruguay: suspendido hasta nuevo aviso
· Nueva York, Estados Unidos: suspendido hasta nuevo aviso.
· Porto Alegre, Brasil: suspendido hasta nuevo aviso.
· Punta del Este, Uruguay: suspendido hasta nuevo aviso.
· Roma, Italia: suspendido hasta nuevo aviso.
· Salvador de Bahía, Brasil: suspendido hasta nuevo aviso.
AeroMéxico
Air Europa
Air France
American Airlines
Avianca
Boliviana de Aviación
Copa Airlines
Delta Air Lines
Ethiopian Airlines
Iberia
JetSMART
KLM
LATAM Brasil
LATAM Chile
LATAM Perú
LEVEL
Lufthansa
Paranair
SKY Airline
Swiss International Air Lines / Edelweiss Air
Turkish Airlines
United Airlines
Otras Aerolíneas y destinos
· Air Canadá: regresaría el 29 de marzo de 2021.
· Air Europa: Se espera la autorización necesaria del gobierno argentino para que la empresa vuelva a Córdoba.
· Alitalia: vuelos suspendidos hasta el 1° de abril.
· American Airlines: mantiene suspendidos los vuelos desde Nueva York (John F. Kennedy).
· British Airways: vuelos suspendidos hasta nuevo aviso.
· Azul: no hay información del regreso de la empresa.
· Copa Airlines: Se espera la autorización necesaria del gobierno argentino para que la empresa vuelva a Córdoba, Mendoza, Rosario y Salta.
· LATAM: Se espera la autorización necesaria del gobierno argentino para que la empresa vuelva a Córdoba, Mendoza, Rosario, Salta y Tucumán.
· GOL Airlines; manifestó que regresaría a todos sus destinos internacionales el 28 marzo de 2021.
· SKY Airline; Se espera la autorización necesaria del gobierno argentino para que la empresa vuelva a Mendoza.
· KLM; mantiene suspendidos sus vuelos a Santiago de Chile.
Egreso de Argentina
· Completar la Declaración Jurada Electrónica, de egreso, en el sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones.
· Todo viajero puede salir de Argentina, ten en cuenta los requisitos del destino final a la cual se dirige. Lo puede verificar en el siguiente enlace: IATA Travel.
Ingresos a Argentina
Ciudadanos argentinos y Residentes:
· Contar con una prueba RT-PCR/PCR, efectuada con un máximo de 72hs previó al vuelo, caso contrario no podrán ingresar al vuelo.
· Completar la Declaración Jurada Electrónica en el sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones.
· Al arribar a Argentina, Aislamiento obligatorio (cuarentena) de 7 o más días en destino, hasta totalizar 10 días computados a partir de la toma de la muestra de PCR en origen, a efectuarse en domicilio declarado por el viajero.
Queda exceptuado la realización de una prueba RT-PCR/PCR las siguientes personas:
1. Menores de 6 años de edad.
2. Viajeros con 6 años o más que hayan tenido COVID-19 positivo, en los 90 días previos al ingreso al país, debiendo acreditar los resultados de pruebas diagnósticas y agregar el alta médica luego de haber pasado más de 10 días del diagnóstico.
3. Transportistas y tripulantes.
Extranjeros no Residentes que sean familiar directo de ciudadanos argentinos o residentes (Conyugue, Hermano/a, Hijos/as o Padres):
· Completar la Declaración Jurada Electrónica en el sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones.
· Seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19, y que no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía, independientemente de su edad.
· Contar con una prueba RT-PCR/PCR, efectuada con un máximo de 72hs previó al vuelo, caso contrario no podrán ingresar al vuelo.
Exceptuados:
· Menores de 6 años de edad.
· Viajeros con 6 años o más que hayan tenido COVID-19 positivo, en los 90 días previos al ingreso al país, debiendo acreditar los resultados de pruebas diagnósticas y agregar el alta médica luego de haber pasado más de 10 días del diagnóstico.
· Transportistas y tripulantes.
· Al arribar a Argentina, Aislamiento obligatorio (cuarentena) de 7 o más días en destino, hasta totalizar 10 días computados a partir de la toma de la muestra de PCR en origen, a efectuarse en domicilio declarado por el viajero.
· Documentación que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o con un extranjero residente en la Argentina:
Hijos/progenitores: Certificado de nacimiento, debidamente apostillado.
Cónyuges: Certificado de matrimonio, debidamente apostillado.
Hermanos: Certificado de nacimiento del hermano y del viajero, debidamente apostillado.
Parejas de hecho registradas: Certificado de pareja estable o de unión formalizada, debidamente apostillado.
Parejas no casadas ni registradas: Acta declarativa efectuada ante notario y dos testigos donde se deje constancia de la relación de pareja. Cuando uno de los miembros de la pareja se encuentre en la Argentina y el otro en el exterior, cada uno debe confeccionar un acta por separado, y ambas deben ser presentadas ante la aerolínea. Las actas realizadas en la Argentina deben estar legalizadas por Colegio de Escribanos. Las actas realizadas en el exterior deben estar apostilladas
· Copia del DNI argentino o pasaporte argentino, o del DNI argentino para Extranjeros, del familiar al que acompaña o al que precisa visitar.
· Reserva de pasajes ida y vuelta, con egreso del país dentro de los 90 días.
· Nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante.
· Los extranjeros no residentes que ingresen al país con carácter transitorio para visitar familiares al amparo de la Disposición DNM 3763/2020 abonarán al arribo una tasa de ARS 9.000 por extranjero, conforme lo estipulado en el artículo 1º, inciso m), del Decreto 865/2019.
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