De esta manera se comenzó con la implementación de la Ley N° 9423 sancionada recientemente por la Legislatura provincial y que fuera consensuada por los 7 ministros/as que integran el máximo tribunal de justicia de Mendoza.
Se sortearon las primeras tres causas tras la reforma de la Suprema Corte
Tras la aprobación de la reforma de la Suprema Corte en la legislatura -con las modificaciones al proyecto original que propusieron los miembros del Máximo Tribunal de Justicia de la provincia-, se sortearon las primeras tres causas en lo contencioso-administrativo, que deberán ser resueltas por colegiados de jueces que fueron sorteados.
La primera de las acciones procesales a resolver es la de una particular contra el Hospital Teodoro Schestakow. El sorteo, realizado por la Secretaría de Competencia Originaria (creada para ser la receptora de las causas y sorteo de los magistrados), estableció que la resolución de la causa quede en manos de los ministros Julio Gómez, Omar Palermo y Dalmiro Garay.
La segunda de las causas es la de una empresa constructora contra el Departamento General de Irrigación. En este caso, los ministros sorteados que deberán resolver son: Pedro Llorente, Mario Adaro y José Valerio. Por último, la tercera de las causas es la de una particular contra el Gobierno provincial, en la que salieron sorteados: Teresa Day, Julio Gómez y Mario Adaro.
La última de las reformas en el funcionamiento de la justicia mendocina fue propuesta por legisladores y el proyecto original contó con modificaciones y aportes propuestos por todos los integrantes de la Suprema Corte de Justicia. Finalmente, fue aprobada a mediados de octubre y, tras la publicación en el Boletín Oficial, la nueva normativa ya se encuentra en plena vigencia.
Cambios
El pasado 22 de septiembre, fueron los integrantes de la Suprema Corte de Justicia en pleno quienes presentaron ante la legislatura el proyecto de la Ley N° 9.423 que modifica de manera progresiva el funcionamiento del máximo tribunal de justicia de Mendoza.
Es allí donde se establece la colegiatura de magistrados en el máximo tribunal de justicia. La tarea que se tuvo que realizar luego de sancionada la norma, es como sería la forma de sorteo entre los ministros. De esta manera surgió la acordada N° 30.761 en la que quedó establecido que las causas Contencioso Administrativas ingresarán a la Suprema Corte de Justicia a través de a la Secretaría de Competencia Originaria, un espacio que decidió modificarse de la Sala 1 (para no tener que crear nuevos cargos) para que funcione como receptora de las demandas y que será la encargada de realizar los sorteos.
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Esta secretaría, estará a cargo de la Dora Gomina, quien pasa a ocupar este cargo luego de ser la responsable de la Secretaría de la Sala 1 que tenía la Suprema Corte de Justicia. Y Contará con los prosecretarios judiciales a María Cecilia Salinas (viene de la Sala 1) y Mauricio Martínez (Quien desempeñaba funciones en la Sala 2).
Procedimiento
Los profesionales habilitados para el ingreso de causas, deberán ingresar el escrito, en lo que se refiere a lo Contencioso Administrativo, exclusivamente por el portal de gestión de Causas Judiciales, seleccionando la dependencia: Secretaría de Competencia Originaria.
Allí se realizará el sorteo que será el encargado de asignar los Ministros de los Suprema Corte que deberán dictar sentencia, autos y decretos que deban ser resueltos en la causa. El primer ministro sorteado tendrá a su cargo la dirección del proceso y el ejercicio de las competencias previstas en la normativa y por sorteo también se determina el orden en el que emitirán el voto los magistrados.
En caso de que 1 o más ministros sean recusados y no puedan actuar se realiza un sorteo especial a fin a fin de asignar un integrante al solo efecto de resolver la excusación. Si se hace lugar se hace un nuevo sorteo para integral el tribunal colegiado.
Existen 3 tipos de sorteos. El primero es el inicial que asigna a 3 Ministros para resolver. El segundo sorteo Especial que puede asignar 1 o más ministros para resolver la excusación/recusación. Este sorteo tendrá una base de datos independiente del sorteo inicial. Si vuelve a salir el Ministro recusado/inhibido se deberá realizar otro hasta que salga un ministro distinto. Finalmente está el sorteo integrador, que asigna el ministro excusado o recusado para complementar el sorteo inicial. Este sorteo comparte la base de batos con el sorteo inicial.
Todo quedará registrado en un sistema elaborado por el departamento de informática. Este registro certifica la realización, con un ID de sorteo, la fecha, la hora el usuario que lo llevó adelante, los ministros que fueron sorteados, los que no resultaron sorteados. La documentación será publicada en la lista diaria y en los movimientos de los expedientes/causa.
Gobierno de la Suprema Corte
En cuanto al gobierno de la corte, la Ley N° 9423, establece que "La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia será ejercida por una Ministra o Ministro, elegida/o en una misma jornada, por dos tercios de los integrantes del Tribunal. Si luego de dos rondas de votación no se llegara a un acuerdo, en tercera ronda de votación podrá ser elegida/o por simple mayoría de votos computada sobre la totalidad de sus miembros".
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Y agrega que "La o el Ministro que ocupen la Vicepresidencia Primera se elegirá por simple mayoría de las y los ministros, sin participación de quien fuera elegida/o para ocupar la presidencia, salvo empate. La o el Ministro que ocupe la Vicepresidencia Segunda se elegirá por simple mayoría de las y los Ministros, excluidas/os de la votación quienes hayan sido designadas/os para desempeñar la Presidencia y la Vicepresidencia Primera".
Uno de los cambios que se ven es que "Las/los Ministros designadas/os para ocupar la presidencia y las vicepresidencias durarán dos (2) años en la función y podrán ser reelegidas/os". En la actualidad solo el presidente era elegido por 2 años, mientras que las vicepresidencias eran ocupadas por quienes presidian la Sala 1 y la Sala 2, cargo que era rotativo todos los años.