Sanción inicial para que deudores hipotecarios no pierdan sus casas

El amparo vence en los próximos días y la prórroga fue aprobada por Diputados y ahora será tratada en el Senado.

Sanción inicial para que deudores hipotecarios no pierdan sus casas

Por:Florencia Silva
Secretaria de redacción

Un grupo de deudores hipotecarios de Mendoza que adquirieron sus viviendas antes del 2001 y se vieron afectados por la crisis desatada por la caída de Fernando De la Rúa, están amparados por un proyecto de Ley, que este miércoles obtuvo sanción inicial, para evitar que las viviendas sean ejecutadas por la mora.

El 13 de diciembre del 2023 se sancionó una Ley que extendía por un año la prórroga para suspender las ejecuciones. Ya cercana a la fecha en que se cumplía ese plazo, la Cámara de Diputados dio sanción inicial a un proyecto impulsado por la vicegobernadora, Hebe Casado, que suspende todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos por el artículo 2° de la Ley N° 8.182, hasta el 31 de diciembre de 2.025.

La iniciativa dispone que "estos deudores, no están obligados a la realización de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial mientras el primero lleva adelante las labores que le encomendara la Ley N° 8.182, ni la ausencia de ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas. La presente disposición, es de orden público y de cumplimiento obligatorio respecto a los deudores hipotecarios comprendidos en la Ley N° 8.182".

La norma beneficia a los deudores que fueron perjudicados por la crisis del 2001.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Según consta en el artículo 2° de la Ley 8182, la Ley alcanza a los  inscriptos en el Registro elaborado por el Poder Ejecutivo, el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios, el cual abarca a los deudores de los ex Bancos de Mendoza y de Previsión Social cuyos mutuos se hallen en poder de Seguro de Depósito S.A. (SEDESA), y a todos los deudores del sistema financiero y/o privados, que se encuentren comprendidos en el mismo.

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De acuerdo a la fundamentación del proyecto, "luego de la crisis de 2001, quienes suscribieron hipotecas con objeto de vivienda única familiar, se vieron imposibilitados de hacer frente a las obligaciones asumidas y por ello se genera un conflicto que promueve la preocupación legislativa, motivo por el cual se promulgaron numerosas normas para la protección de derechos".

Por tal motivo, en Mendoza se sancionaron las leyes 8005 y 8182, "que establecieron métodos de acción y prioridad para la salvaguarda de aquellos deudores hipotecarios que, superados por razones económicas y el devenir de los juicios tuvieron la oportunidad de ser alcanzados con la protección debida", subraya el texto.