Nación modificó artículos en la ley referente a los Derechos de Autor y redefinió qué es la "ejecución pública" de una obra cultural.
Ya no habrá que pagar SADAIC en las fiestas privadas
El gobierno nacional puso fin a la obligación de pagar SADAIC en fiestas privadas, modernizando la normativa de propiedad intelectual en Argentina. A través del Decreto 765/2024, se han introducido importantes modificaciones a la Ley N° 11.723, que desde 1933 regula los derechos de autor en el país.
Estas modificaciones buscan armonizar el marco legal con las nuevas realidades tecnológicas y culturales, garantizando una protección más efectiva para los autores.
El Decreto 765/2024 se enfoca en redefinir y clarificar dos aspectos fundamentales de la normativa: la ejecución pública de obras y los derechos de los autores en el ámbito digital.
Redefinición de la ejecución pública
Uno de los cambios es la nueva definición de "ejecución pública" que se establece como cualquier representación de una obra en un espacio de acceso público, independientemente del medio utilizado, ya sea en vivo, a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales como transmisiones por radio, televisión, o Internet.
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Una novedad importante es la exclusión explícita de las representaciones en ámbitos privados. Esto significa que las interpretaciones de obras en reuniones familiares o eventos cerrados ya no se considerarán ejecuciones públicas bajo esta normativa, lo que elimina ambigüedades y protege el uso de obras en contextos no comerciales.
Derechos de los autores en la era digital
Desde ahora, las obras musicales, cinematográficas y los fonogramas no podrán ser ejecutados públicamente sin la autorización expresa de los titulares de los derechos. Esto refuerza la importancia de que cualquier beneficio económico derivado de la ejecución pública de una obra, ya sea directo o indirecto, debe compensar adecuadamente a los creadores.
No obstante, se mantiene la excepción para usos didácticos en establecimientos educativos y conmemoraciones patrióticas, reconociendo el valor social y educativo de la difusión cultural sin fines comerciales.
Para los establecimientos comerciales que utilizan obras protegidas, como bares, restaurantes y gimnasios, la actualización subraya la importancia de contar con las licencias adecuadas para evitar sanciones por uso no autorizado de material protegido.
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