Se hará por terminación de la patente. A partir de enero del año que viene, se multará en Mendoza a quienes no hayan hecho la revisión.
Este es el cronograma para hacer la revisión vehicular
A través del Boletín Oficial se estableció el cronograma anual orientativo, a fin de ordenar la realización de la Revisión Técnica de vehículos automotores y motos de uso particular en los Centros de Revisión Técnica Obligatoria registrados en el sistema Nacional de RTO. El sistema se basa en ordenar los vehículos según el último dígito de finalización de cada patente.
Deberán efectuar la RTO los autos y camionetas con una antigüedad de 3 años desde su patentamiento; y las motos, todas las cilindradas, con una antigüedad de dos años desde su patentamiento. En Mendoza, desde enero del año próximo se multará a quienes no hayan hecho la revisión.
Según establece la resolución, "los meses de enero y febrero serán de libre disponibilidad". Además, destaca que el cronograma tendrá vigencia "año a año, salvo que sea necesaria su modificación por situaciones excepcionales o causas de fuerza mayor".
La publicación oficial también destaca que los Centros de Revisión Técnica habilitados por la Nación deberán "disponer de turnos para los casos de revisiones que arrojen los resultados condicional o rechazado, también para el caso en que se realice la Revisión Técnica en un mes distinto al asignado, y para usuarios que requieran la revisión por urgencia, teniendo siempre en cuenta que la prioridad será para los usuarios a quienes les corresponda el turno por mes calendario".
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Además, cada Centro de Revisión Técnica Obligatoria deberá tener plenamente operativo un sitio web para la entrega de turnos a partir de 17 de febrero, en las condiciones establecidas por la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial.
El cronograma
Los talleres, habilitados por el Gobierno Nacional, comenzarán con la etapa de revisión vehicular a partir de marzo próximo, con el objetivo de que la exigencia de la misma opere a partir de enero de 2022.
Patentes terminadas en 3, desde el 01 hasta el 31 de marzo.
Patentes terminadas en 4, desde el 01 hasta el 30 de abril.
Patentes terminadas en 5, desde el 01 hasta el 31 de mayo.
Patentes terminadas en 6, desde el 01 hasta el 30 de junio.
Patentes terminadas en 7, desde el 01 hasta el 31 de julio.
Patentes terminadas en 8, desde el 01 hasta el 31 de agosto.
Patentes terminadas en 9, desde el 01 hasta el 30 de setiembre.
Patentes terminadas en 0, desde el 01 hasta el 31 de octubre.
Patentes terminadas en 1, desde el 01 hasta el 30 de noviembre.
Patentes terminadas en 2, desde el 01 hasta el 31 de diciembre.
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