La ley nacional dice que no se puede vender alcohol. Pero en Mendoza hubo un cambio en 2002, que está vigente. Veamos.
¿Pueden los restaurantes servir alcohol este domingo de elecciones?
La veda electoral siempre trae dudas, por más que desde 1983 y en treinta y ocho años de democracia ya hemos pasado nada menos que diecinueve elecciones. Hay veda para el expendio de alcohol desde este sábado a las 20:00. ¿Pero cómo debe aplicarse en Mendoza esta norma consagrada en dos artículos del Código Electoral de la Nación?
Para entender qué ley aplicar, hay que hacer un breve repaso. El artículo 71 del Código Electoral de la Nación prohíbe mantener abiertas las casas de expendio de "cualquier clase" de bebidas alcohólicas hasta tres horas de finalizado el comicio. Luego, el artículo 136 indica penalidades para quienes vendan bebidas con alcohol. "Se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario", indica. Sin embargo, en el año 2002 la industria gastronómica de Mendoza consiguió una modificación de la ley electoral provincial 2551, en vigencia desde el año 1951, hace exactamente 70 años. En efecto, la ley 7005 de regulación de las campañas electorales y régimen de sanciones, indica en su artículo 23 que en los establecimientos que vendan comida se podrá servir alcohol. "Exceptuase de la prohibición de venta de alcohol a los establecimientos que vendan comidas para consumir en el mismo local, en cuyo caso podrá suministrarse bebidas alcohólicas para acompañar las comidas...", indica el texto.
Como se puede ver, las leyes nacional y provincial dan indicaciones contrarias, por lo que hay que ajustarse a la interpretación.
Sí se puede
Las elecciones son simultáneas y regidas por la ley nacional. Sin embargo, cabe tener en cuenta que el espíritu de estas prohibiciones es del siglo pasado, cuando a inicios del Siglo XX y del régimen electoral, a veces reunían a grupos de electores para emborracharlos y que votaran a determinado candidato, o que no fuesen a votar. El juez federal con competencia electoral Walter Bento fue el que dio la certeza, ante una consulta de este diario: "...las elecciones son simultáneas en tanto se votan cargos nacionales y provinciales... y es cierto que está vigente la ley provincial que permite el alcohol en las casas gastronómicas. La idea es que ese consumo se realice de forma armónica y razonable, para acompañar las comidas... lo que no se puede hacer es expender alcohol libremente por ventanilla, desde las 20:00 de este sábado hasta las 21:00 del domingo", explicó. Es decir, que las casas de bebidas, las centrales de tragos, y los deliverys de alcohol no estarán permitidos, tal como indica la veda electoral. Pero no habrá problemas en pedir un vino o cualquier otra bebida con la cena del sábado o el almuerzo del domingo en los restaurantes de Mendoza.
En tanto, fuentes municipales de la Ciudad y de otros departamentos del Gran Mendoza, y del gobierno de la provincia, admitieron que hubo interconsultas y que se llegó a la misma conclusión: se puede acompañar la comida con bebidas alcohólicas en los restaurantes, durante la veda electoral.
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