Todo lo que hay que tener en cuenta el domingo 14 de noviembre, entre prohibiciones y "permitidos".
Lo que se puede hacer y lo que no el día de las elecciones
El día de las elecciones no consiste solo en la obligación de ir a votar, sino que también se deben respetar ciertas prohibiciones que están previstas en el Código Electoral y en la ley electoral provincial. Este domingo 14 de noviembre serán los comicios generales legislativos, y en esta nota te contamos todo lo que tenés que saber para no violar ninguna de estas normas.
El periodo de veda electoral está caracterizado por prohibiciones tanto en lo que concierne a la propaganda política como en lo que tiene que ver con el comportamiento ciudadano. Estas prohibiciones y "permitidos" perderán vigencia el domingo a las 21, tres horas después del cierre de la votación. Algunas de ellas regirán desde el viernes.
Las acciones prohibidas y las permitidas tienen que ver con eventos sociales, casamientos, venta de bebidas alcohólicas, celebraciones políticas del resultado, apertura de comercios, actos políticos, la práctica de compartir encuestas... y otras que parecen obvias pero que es necesario aclarar para que no haya imprevistos el día en que se eligen representantes. A continuación, te los enumeramos:
Actos prohibidos
No están permitidos los espectáculos populares que no tengan que ver con el acto electoral. Esto incluye, por supuesto, fiestas teatrales, deportivas y toda reunión pública. Rige desde el comienzo de la elección hasta las 21 del domingo.
Quizá la prohibición más conocida es la de la venta de bebidas alcohólicas. Expenderlas desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo está penado. La única excepción, incorporada en 2002, son las bebidas que sirven los restaurantes con las comidas.
Ver: Dónde voto: consultá el padrón electoral acá
No está permitido portar distintivos de partidos políticos. Como la venta de alcohol, esta prohibición rige desde el sábado a las 20 hasta las 21 del domingo, según el Código Electoral Nacional.
Una de las restricciones más largas del día concierne a los actos políticos. El proselitismo y la apertura de locales partidarios no se permitirán desde las 8 del viernes hasta las 18 del domingo.
En el mismo rango horario rige la prohibición de publicar encuestas. A esto se agrega la restricción de proyecciones sobre el resultado de la elección, que estará vigente hasta las 21 del domingo.
Las demás restricciones que vale la pena recordar son las siguientes: no se puede portar armas ni se permite repartir boletas electorales en un radio de 80 metros alrededor de los centros de votación.
Quienes violen la veda electoral en alguno de estos aspectos podrán ser multados económicamente e, incluso, recibir la inhabilitación para ser candidatos.
Ver: Si no votaste en las PASO, podés hacerlo en las generales
Los "permitidos"
Siempre que sea a más de 80 metros de cualquier centro de votación, se pueden realizar casamientos y cumpleaños.
Respecto al alcohol, por supuesto que el consumo dentro de las casas no está regulado de ninguna forma, pero sí está prohibido ir a votar en estado de ebriedad, lo que implica una conducta pasible de detención.
La ley permite ir al supermercado, que estarán abiertos como cualquier domingo. Eso sí: no venderán ninguna bebida alcohólica. Lo mismo se aplicará con el resto de los comercios. En estos casos, los únicos que deberán cerrar sí o sí son los que se dedican a la venta de alcohol.
La ley electoral no prohíbe específicamente compartir encuestas a través de redes sociales, por lo que esto está permitido.
En general, las actividades recreativas fuera de casa, como salir a comer a restaurantes y confiterías, y las reuniones sociales recreativas no están prohibidas.