La uniformada fue víctima de violencia de género por parte de su ex pareja, quien también era oficial de policía. Tras denunciar el hecho en la institución policial, fue víctima de violencia institucional.
Policía golpeada por su ex pareja será indemnizada por violencia de género
La Justicia mendocina modificó un fallo en el que se indemnizaba a una mujer policía, por ser víctima de violencia de género y posterior violencia institucional.
La mujer fue golpeada por su ex pareja en el año 2013. El sujeto, quien también es oficial de policía, la golpeó y arrojó al suelo, provocándole heridas que provocaron que tuviera que hacerse atender en el hospital Diego Paroissien, desde donde la derivaron a la Clínica Francesa y posteriormente a la clínica odontológica de OSEP.
Los golpes y la caída le produjeron un traumatismo máxilofacial, por el cual tuvo que atravesar una recuperación de 60 días, con tratamiento de fisioterapia y ortopedia.
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Al denunciar el hecho ante la Oficina de Asistencia al Policía, a la mujer le retuvieron el arma reglamentaria y le asignaron labores administrativas, como medida preventiva.
La Junta Médica que evaluó su caso decidió su derivación al Hospital El Sauce, donde quedó internada sin ser entrevistada por un médico. Dos días después, es dada de alta con un certificado que autorizaba el regreso al trabajo policial.
Sin embargo, desde Sanidad Policial no aceptaron ese certificado y le dieron 30 días de licencia, en un hecho que para la damnificada fue irrespetuoso y revictimizante.
La mujer demandó entonces a la institución policial por el destrato que tuvo desde que denunció el hecho, sumado a su merma en el salario producto de la retención de su arma reglamentaria y la discriminación sufrida en la institución.
A raíz de esto, en un primer momento, el Tribunal de Gestión Asociada Cuarto había decidido que la mujer debía recibir una indemnización de $400.000. Sin embargo, la Justicia Civil decidió que ese monto debía ser más elevado.
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La Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil determinó la modificación de la suma inicial, llevándola a $2 millones. En el fallo, la Cámara argumenta que la primera indemnización "no se ajusta a los parámetros de la reparación integral en materia de derechos humanos, como lo dispone la manda convencional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos".