Le revocaron la suspensión a un policía que apeló la sanción

La resolución fue ejecutada por Junta de Disciplina del entonces Ministerio de Seguridad por irregularidades al momento del castigo.

Le revocaron la suspensión a un policía que apeló la sanción

Por: Emanuel Tristán

Un Oficial Inspector de la Policía de Mendoza que había sido suspendido, apeló la sanción ante la Junta de Disciplina del entonces Ministerio de Seguridad. Tras revisar su caso nuevamente, se dispuso revocarle el castigo y dejarlo sin efecto.

Se trata del agente Fabián Alejandro Montagna Lahoz, quien se desempeña en el Cuerpo Motorizado de Prevención dependiente del citado organismo.

En su momento, el efectivo policial fue sancionado con dos días de suspensión laboral por haber incurridoen enero del 2023 en la falta administrativa prevista por el Art. 43 incisos 3) y 6), Art. 102 inciso 1) y Art. 102 bis incisos 2) y 4) todos de la Ley N° 6722 y modificatorias.

Tras revisar el caso, Asesoría de Gobierno realizó un análisis sustancial del recurso en trato y dictaminó: "...Sostiene el Sr. Montagna que no se le dio traslado para expresar su descargo, vulnerándose de tal modo su derecho de ser oído en forma previa a que se dicte la decisión que afectó su interés jurídico". 

Como consecuencia, esa instancia observó la existencia de una violación a la garantía del derecho a defensa y una vulneración al principio de debido proceso adjetivo, toda vez que previo a la aplicación de la sanción impuesta, no se le permitió ejercer defensa alguna al efectivo Policial, como así tampoco aportar prueba que hagan a su defensa. 

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Entre otras irregularidades en la manera de proceder, se determinó que simplemente se limitó a dar detalle del hecho que dio lugar a la infracción, la cual fue directamente es aplicada. Asimismo tampoco obra en acta de notificación, cumplimiento de lo establecido en el Art. 150 de la Ley N° 9003, que el administrado en todas las etapas recursivas, sostiene como fundamento la nulidad de la sanción atacada, no obstante a ello tampoco se ha dado lugar a la producción de la prueba aportada, ni los fundamentos de su rechazo.

Como resultado de todo eso, el Servicio Jurídico, aconsejó la admisión formal y sustancial del recurso Jerárquico interpuesto y la resolución final, firmada por el gobernador Alfredo Cornejo, fue dar lugar al recurso de amparo y revocar la suspensión.

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