Acumuló varias faltas injustificadas a su trabajo. La obra social decidió despedirlo, pero para ello necesitaba que la Suprema Corte de Mendoza le quitara la "tutela gremial".
La Corte avaló el despido de un gremialista de OSEP
La Suprema Corte de Mendoza dictaminó la sentencia que excluyó la tutela sindical de Alejandro Tomás Campillay, un empleado del área de mantenimiento de la Obra Social, y permitió que quedara cesante por irregularidades detectadas durante la actual gestión.
El caso quedó formalizado mediante una resolución tras un sumario administrativo que concluyó con pruebas contundentes sobre la conducta del exempleado y dirigente gremial.
El proceso disciplinario, detallado en el sumario, determinó que Campillay acumuló un total de 23 inasistencias, de las cuales 15 no fueron justificadas. Además, se registraron tres incumplimientos al procedimiento interno de registro de ausencias y cinco faltas justificadas presentadas fuera de tiempo y forma.
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El Directorio de OSEP resolvió, mediante la Resolución N° 0836, aplicar la sanción máxima de cesantía al agente, en base a lo establecido en las normativas vigentes, incluyendo el Decreto Ley 560/73 y la Ley 9103/18, que regulan el régimen laboral de los empleados públicos.
Desde la obra social destacaron que esta medida responde al compromiso de garantizar transparencia y cumplimiento de los procedimientos establecidos, en línea con los objetivos de la Dirección.
La resolución marca un precedente en el marco de las acciones de control y disciplina adoptadas por la institución para asegurar el correcto desempeño de sus empleados y el cumplimiento de sus responsabilidades laborales.
En el año 2024 OSEP dejó cesante a 6 empleados más, además de Campillay, por distintos motivos.
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