Los hechos ocurrieron entre el 21 y 22 de mayo de 2015 en la Compañía de Comunicaciones de Montaña VIII.
Mendoza: confirman condenas a 6 militares por maltratos a aspirantes
En un fallo que reafirma la importancia de los derechos humanos en las instituciones militares, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas contra seis instructores del Ejército Argentino acusados de maltratar a un grupo de subalternos durante un curso de capacitación en Mendoza. Los hechos ocurrieron entre el 21 y 22 de mayo de 2015 en la Compañía de Comunicaciones de Montaña VIII.
Los condenados, Juan Pablo Vega Bustos, Miguel Vergara Gómez, Alexander Damián Skamelka, Lucio Tobares Alanis, Gustavo Ariel Brito Álvarez y Nicolás Germán Raso Di Santo, recibieron penas de entre seis y ocho meses de prisión condicional por los delitos de maltrato y abuso de poder. Las víctimas fueron aspirantes a soldados voluntarios que participaban del curso conocido como "Núcleo de Instrucción Básica" (NIB).
Detalles de los hechos
El caso se originó tras denuncias sobre actividades abusivas realizadas bajo el pretexto de entrenamientos y un "ritual de iniciación". Durante una práctica llamada "campo de prisioneros", los aspirantes fueron atados, interrogados, sometidos a simulacros de tortura, e incluso recibieron descargas eléctricas mediante un teléfono de campaña.
Al día siguiente, los instructores llevaron a cabo el llamado "chasqui de guerra", un ritual donde los voluntarios fueron forzados a arrodillarse, recibir golpes y consumir alcohol desde un casco militar, mientras los eventos eran grabados por los propios imputados.
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Fundamentos de la sentencia
El Tribunal Oral Federal de Mendoza, que dictó la condena en agosto de 2023, utilizó como pruebas los testimonios de las víctimas, las filmaciones realizadas por los acusados y la denuncia presentada en 2015 por el Comandante de la VIII Brigada de Montaña, General Gustavo Javier Vidal.
Las defensas intentaron revertir las condenas argumentando prescripción de los hechos y una supuesta violación del principio de plazo razonable. Sin embargo, la Sala 3 de la Cámara Federal de Casación Penal desestimó estas objeciones, ratificando la validez de la sentencia.
Declaraciones de los jueces
El juez Juan Carlos Gemignani destacó que las pruebas presentadas no dejaron dudas sobre la responsabilidad de los imputados. Por su parte, el magistrado Gustavo Hornos señaló que el fallo se basó en un análisis exhaustivo de los elementos probatorios, respetando los principios de sana crítica. Finalmente, el juez Carlos Mahiques adhirió a estas consideraciones, consolidando la decisión unánime de rechazar los recursos de casación.