El Gobierno publicó una resolución que modificó la aplicación de las rebajas para incentivar la compra de los medicamentos más baratos.
Favorcito a prepagas y obras sociales: limitan descuentos en medicamentos
Desde la cartera conducida por Carla Vizzotti se introdujeron modificaciones en la forma en que prepagas y obras sociales aplican descuentos en la compra de medicamentos, para poner un tope a lo que deben aportar las empresas por una lista de medicamentos para pacientes crónicos.
De esta manera, se dispone que a partir de esta resolución del Ministerio de Salud, la cobertura del 70% que las financiadoras están obligadas a pagar va a tener un monto máximo equivalente a esa proporción de un precio de referencia. En ese sentido, si el paciente opta por comprar la misma droga en una presentación más cara, deberá pagar más por esa opción.
Al parecer, el objetivo fundamental de esta modificación es que no había incentivos para adquirir los medicamentos más baratos ni para que los laboratorios compitan por precio.
Es que vale mencionar que hasta ayer, las obras sociales y prepagas estaban obligadas a cubrir el 70% del medicamento recetado sin importar el precio que se pagara. En base a la ley de genéricos, los profesionales de la salud deben recetar el nombre de la droga y en la farmacia el paciente puede elegir entre distintos laboratorios que elaboran el mismo medicamento.
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La determinación gubernamental fue publicada esta mañana en la resolución 27/2022 en el Boletín Oficial. En el texto, se modifica la manera en que se aplican descuentos de prepagas y obras sociales en la compra de ciertos medicamentos. Además, la aplicación no es para todos los medicamentos, sino para una lista específica publicada en forma de anexo.
El modo de aplicación
Con la nueva regulación, se establecerán precios de referencia para cada uno de los componentes activos en cuestión. Según pública Infobae, si el paciente compra un medicamento cuyo precio final está por debajo del precio de referencia, tendrá que pagar el 30% de su valor. Si opta por otra presentación cuyo precio fuera idéntico al de referencia, el descuento sería de la misma magnitud. Pero si optara por una presentación más cara que la de referencia, sólo tendría por descuento el 70% del valor de referencia y no el del valor final. Es decir, pagaría más del 30% del valor.
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