Por la irresponsabilidad del joven de 21 años, su madre tendrá que pagar una multa de $ 703.420.
La Plata: su hijo hizo una fiesta clandestina y le embargaron el sueldo
Un joven de La Plata aprovechó que tenía la casa para él solo y organizó una fiesta a la que asistieron cerca de 100 personas. Lo que no imaginó es que la policía terminaría desmantelando el evento y que recaería sobre su madre una multa impagable.
"Nunca voy a terminar de pagar", se lamentó la mujer que ahora deberá abonar $ 703.420 o 2.000 módulos por el "chiste" de su hijo.
Todo inició el 7 de marzo cuando el joven realizó una fiesta clandestina en el barrio Los Hornos, a la cual asistieron unas cien personas y que fue interrumpida por personal de la policía bonaerense.
En diálogo con Telefé, la mujer - a quien le embargaron el sueldo hasta que cancele la deuda -aseguró: "No lo voy a terminar nunca de pagar, porque no cobro esa plata ni la tengo".
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"Duele porque quise hacer como un amparo para que me puedan ayudar para pagar, no me negué nunca a hacerlo. Pero ellos no te escuchan. Fui a todos lados", agregó.
La imputada asumió la responsabilidad en nombre de su hijo de 21 años en una audiencia pública celebrada el 22 de marzo. En esa oportunidad reconoció la realización del evento con más de 100 personas, y afirmó que el muchacho es insolvente a pesar de ser mayor de edad porque está desempleado.
El Juzgado de Faltas de La Plata responsabilizó a la mujer por incumplir las restricciones y exponer a situaciones de contagio a la población, agredir a los inspectores y ocasionar daños en los móviles comunales.
Fuentes judiciales informaron que el escrito indica que además las personas que salían del lugar arrojaron piedras, agredieron a los agentes de la comuna y rompieron el parabrisas de uno de los móviles de los agentes municipales. La denuncia fue radicada oportunamente en la Subcomisaría La Unión.
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Por resolución del Juzgado de Faltas N° 4, la organizadora y propietaria del inmueble deberá abonar una multa de 2.000 módulos, equivalentes a $ 703.420, por incumplir las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles (Art. 45 de la Ordenanza n° 6147), por hacerlo durante el período de pandemia (Art. 45 bis) y por obstaculizar tarea de inspectores en uso de su poder de policía (Art. 35).