El hombre presentó una medida cautelar para impedirle a quien era su esposa que no se realice la interrupción voluntaria del embarazo.
La Justicia de San Juan no la dejó abortar por pedido de su ex pareja
La Justicia Civil de San Juan ordenó suspender la realización de una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) al hacer lugar a una medida cautelar presentada por un hombre para impedir que su expareja se practicara el aborto.
La mujer se tiene que abstener de realizar cualquier práctica que tienda a interrumpir el embarazo hasta tanto la cuestión de fondo sea resuelta. La sanjuanina estaba pasando por un embarazo de 12 semanas cuando su ex pareja acudió a un abogado para frenar la práctica que está amparada en la Ley Nacional de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
La decisión fue tomada por el tribunal de la Sala III de la Cámara Civil. En donde decidieron en primer término, que el apelante estando legalmente casado, le rige la presunción de paternidad, por lo que consideraron que "corresponde analizar con detenimiento, si el sujeto en cuestión está o no en condiciones de impedir el aborto, "con el fin de resguardar sus derechos como tal".
El fallo contradice la normativa aprobada por el Congreso de la Nación que establece que "la persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez días de corrido desde su requerimiento".
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