Este jueves fue publicada la acordada de la Suprema Corte a través de la cual dispusieron la compensación de horas en las que no trajaron los empleados por realizar medidas de fuerza.
Así deben devolver las horas de paro los judiciales de Mendoza
Este jueves se publicó en el Boletín Oficial la Acordada que da cuenta del sistema que habilitó la Suprema Corte para que los trabajadores compensen las horas de trabajo que se perdieron por los paros realizados.
El texto indica que se realizaron reuniones técnicas celebradas los días 20 y 21 de septiembre del corriente, entre los representantes de la Asociación Gremial de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial, el Cuerpo Paritario Central y de este Poder Judicial, a fin de tratar la devolución de los salarios descontados por los días de paro del mes de julio y el no descuento de los días de paro del mes de agosto.
En ese contexto, se acordó que "aprobar el procedimiento administrativo de adhesión voluntaria destinado a los agentes dependientes de esta Suprema Corte, respecto a la compensación de las horas no trabajadas en ejercicio del derecho de huelga los días 8, 29 y 30 de julio y 12, 19, 20, 30 y 31 de agosto del corriente año".
La fecha de adhesión ya venció, pero el documento indica que "el agente pactará con el responsable de la dependencia donde cumple funciones, el mecanismo de devolución presencial de las horas no cumplidas, hasta totalizar dicha devolución efectiva antes del 30 de noviembre próximo. El responsable de la dependencia deberá comunicar a la Dirección de Recursos Humanos, copia del cronograma completo que se hubiera dispuesto".
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