Se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, el decreto que les permite la comercialización de analgésicos y antiácidos. Los remedios recetados solo se pueden expender en las farmacias.
Nación habilitó a kioscos a vender medicamentos
Este miércoles, se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el decreto 1024/22 mediante el cual, el presidente Javier Milei, el ministro de Salud Mario Lugones y el ministro de Economía Guillermo Francos, oficializaron la desregulación del comercio de medicamentos de venta libre en el país.
La normativa indica que este tipo de remedios podrán ser exhibidos y comprados directamente desde las góndolas de las farmacias para que el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios.
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La cartera sanitaria explicó que para adquirirlos, solo va a ser necesario acercarse a la góndola correspondiente, que estará debidamente señalizada en todas las farmacias. La misma contará con información sobre cada medicamento, los laboratorios disponibles, y los diferentes precios. Por último, a la hora de abonar, se le va a solicitar al comprador DNI para corroborar que sea mayor de 18 años.
Es por eso que las farmacias tendrán un plazo de 60 días para realizar las acciones necesarias para hacer efectiva su implementación teniendo en cuenta que los productos deberán ser exhibidos en góndolas correctamente señalizadas y de manera tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas. Asimismo, los medicamentos deberán ser ofrecidos en caja cerrada y con su respectivo prospecto.
Venta en kioscos y almacenes
El decreto del Ejecutivo también indica que "en los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos".
Agrega que "la Autoridad de Aplicación estará facultada a ampliar el listado de medicamentos de venta libre habilitados en los referidos establecimientos". Asimismo señala que "la mencionada Autoridad de Aplicación podrá establecer otros requisitos para asegurar que las especialidades medicinales indicadas conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas".
Decreto 2024/24
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