Tuvieron a su hijo mediante la técnica de reporducción asistida. Solicitaron a la justicia ser reconocidos como únicos padres y quitarle a la gestante del bebé, la designación de madre. La decisión del Máximo Tribunal argentino.
Vientre subrogado: histórico fallo de la Corte al pedido de dos hombres
Dos hombres acudieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) para solicitar una nueva partida de nacimiento de su hijo en el Registro Civil. Intentaban ser reconocidos como los únicos padres de un niño nacido a través de la subrogación de vientre, buscando de esta manera que quedara excluída la mujer gestante de la designación de madre.
Tres de los cuatro jueces del máximo tribunal desestimaron la impugnación de filiación de los solicitantes. El fallo tuvo el respaldo de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, con la disidencia de Juan Carlos Maqueda.
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Los magistrados argumentaron que la ley vigente, limita la filiación a un máximo de dos progenitores, hecho que impide que la mujer que gestó en su vientre al niño nte sea excluida del reconocimiento legal como madre. Se basaron en el artículo 562 del Código Civil y Comercial, el cual establece que los hijos nacidos mediante técnicas de reproducción asistida (TRA) son considerados hijos de la persona que da a luz y de quien ha dado su consentimiento informado, sin tener en cuenta quién proporcionó los gametos.
En este marco, Rosatti argumentó que "la normativa no discrimina por orientación sexua, l y se aplica de manera equitativa a todas las parejas que utilizan técnicas de reproducción asistida. Los solicitantes, que se casaron en 2014, optaron por la subrogación de vientre con el consentimiento altruista de la mujer gestante. A pesar de que se utilizaron gametos de ambos solicitantes, y uno de ellos fue confirmado como padre biológico a través de un análisis de ADN, el niño fue registrado al nacer como hijo de la gestante y de uno de los hombres para facilitar su obtención de DNI", explicó.
Califican al fallo de homofóbico
Por su parte, el abogado y profesor de derecho constitucional y derechos humanos (UBA y UNLPam), Andrés Gil Domínguez, cuestionó el fallo del Máximo Tribunla, al considerar que tiene "severos errores conceptuales" y es "homofóbico".
Según sus declaraciones al diario Clarín, "la gestación por sustitución es una técnica de reproducción humana asistida mediante la cual una mujer (que no desea ser madre) gesta (no subroga) para otros que tienen voluntad procreacional (aunque no aporten ningún gameto ni exista una relación sexual previa)".
¿Qué va suceder con los más de doscientos niños y niñas (algunos ya adolescentes) que en nuestro país adquirieron su identidad filiatoria a través de la gestación por sustitución, la cual se refleja mediante la partida de nacimiento, el documento nacional de identidad y el pasaporte? ¿Los copadres, las comadres, los padres y madres, los padres y las madres dejarán de existir como tales? ¿Se deberán iniciar procesos de adopción por integración respecto de una mujer que nunca deseó ser madre?", se preguntó respecto del fallo.
Asimismo remarcó que la decisión de la mayoría de la Corte Suprema de Justicia "incurre en severos errores conceptuales. Por más que intenten maquillarla es homofóbica y le impone a una mujer gestante la condición de ser madre a pesar de su voluntad expresa de no serlo".
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