La medida se logró luego de un largo proceso de negociaciones de la Confederación de Entidades del Comercio e Hidrocarburos de Argentina (CECHA) y entidades asociadas con la Secretaría de Energía. Más del 60 por ciento de las ventas de combustibles en las expendedoras se hacen con tarjetas y billeteras virtuales.
Reducen el plazo para acreditar pagos con tarjeta a estaciones de servicio
Luego de un largo proceso de negociaciones y reuniones con autoridades nacionales, la Confederación de Entidades del Comercio e Hidrocarburos de Argentina (CECHA), logró solucionar un largo reclamo de las estaciones de servicio de todo el país: que se acorte el plazo de acreditación de pagos efectuados con tarjetas de crédito.
"Es una medida esperada y que celebramos porque trae un poco de alivio al sector, que vive una situación crítica producto del congelamiento y retraso de precios en los surtidores, la alta inflación y los aumentos paritarios que están por encima de los ingresos que percibe cada estación", aseguró el presidente de la Asociación Mendocina de Expendedores de Nafta y Afines y de CECHA, Isabelino Rodríguez.
En la actualidad, más del 60 por ciento de las ventas de combustibles en las expendedoras se hacen a través de tarjetas y billeteras virtuales, por lo que el acortamiento de plazos en un contexto inflacionario y de congelamiento de precios era prioritario.
La decisión del BCRA responde al pedido efectuado por CECHA con el apoyo de La Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) a la secretaria de Energía Flavia Royón.
Además de arduas negociaciones y reuniones, hubo reclamos judiciales previos: la Federación Argentina de Expendedores de Nafta del Interior (FAENI) exigió a PRISMA (la operadora del sistema) que redujera tanto los plazos de acreditación como las comisiones.
La medida estará vigente a partir del 15 de octubre, y alcanza a las estaciones de servicio que sean micro o pequeñas empresas o cuyo titular sean personas humanas. La acreditación se realizará en cinco días hábiles, en lugar de los ocho que regían hasta el momento.
El resto de los plazos de acreditación de pagos con tarjeta de crédito continúan siendo los detallados en la Comunicación A 7305:
- 8 días hábiles para quienes revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o fueran personas humanas (salvo que encuadren en la actividad de "estaciones de servicio y bocas de expendio").
- 10 días hábiles para aquellos categorizados como medianas empresas y aquéllos cuya actividad fuera "servicio de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud" (si no se encontraren comprendidos en el ítem anterior).
- 18 días hábiles para los demás casos.