El Consejo de la Magistratura descontará el 50 por ciento del sueldo a dos magistrados del Tribunal Oral número ocho, Javier Anzoátegui y Luis María Rizzi por el contenido misógino de algunos de sus fallos.
Dos jueces cobrarán el 50% del sueldo por emitir "fallos machirulos"
El Consejo de la Magistratura tuvo un plenario donde aprobó -con disidencias- el dictamen 139/2023 que aplica "la sanción de multa equivalente al 50% de sus haberes por única vez" a dos jueces por "actos ofensivos al decoro de la función judicial, el respeto a las instituciones democráticas y los derechos humanos o que comprometan la dignidad del cargo".
Se trata de una medida que sienta un precedente en torno al contenido de los fallos judiciales. La sanción a Javier Anzoátegui fue aprobada con 18 votos y la disidencia de la consejera abogada que representa a Juntos por el Cambio Jimena de la Torre. En tanto que la de Luis María Rizzi sumó, además, el voto negativo de los jueces Diego Barroetaveña y Agustina Díaz Cordero.
Esta resolución emitida por el Consejo determinó, además, que el dinero que se les descontará a ambos magistrados se destinará "como reparación" a una de las víctimas de su accionar.
Por otro lado, se impuso a ambos jueces que cumplan con la denominada "Ley Micaela", que en su artículo primero establece "la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías".
La resolución advierte que esto se da "a los efectos de procurar la debida actualización en materia de perspectiva de género".
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Los fallos cuestionados
Según se desprende de la sanción contra los jueces, en fallos emitidos desde 2020 ambos jueces calificaron a la interrupción legal del embarazo como "método de tortura de la mafia". En tanto que lo definieron como "ritual de tribus antropófagas" y opinaron de manera peyorativa sobre la "violencia de género".
Uno de los cuestionamientos surgió cuando los jueces, al fundamentar una condena contra un hombre que había asesinado a una mujer, descartaron la aplicación de la figura del femicidio y sostuvieron que la expresión "violencia de género" encierra un concepto "inasible" y "oscuro".
Ante tales antecedentes, el Consejo evaluó también la forma en que ambos identificaron a una mujer trans: "el acusado" o "el imputado con tendencias homosexuales". El tribunal también había denominado "manual de salvajadas inhumanas" al Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo.
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Al explicar las razones de la determinación, el senador de la UCR Eduardo Vischi destacó que "es necesario destacar que la sanción de hoy es el cumplimiento de los principios y valores fijados por la Constitución y los tratados internacionales".
Además, el senador reflexionó que "si bien la multa es simbólica, hay que destacar el cambio de paradigma que esto significa". En tanto que sentenció que "ningún magistrado de la Nación contará con el aval de este Consejo de la Magistratura mientras generen daño a las personas que concurran a sus estrados buscando reparación".