La cartera buscará facilitarles a los beneficiarios y que finalmente puedan escriturar debido a que las cuotas quedaron muy por debajo de la inflación.
El plan del IPV para cancelar tu casa si debés menos de dos salarios mínimos
El gobierno provincial presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados para prorrogar los plazos de regularización dominial y cancelación anticipada de las viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV).
La propuesta del Poder Ejecutivo busca recuperar financieramente parte de la cartera de beneficiarios y regularizar la escrituración definitiva de las viviendas ya adjudicadas. Además, permitiría tomar decisiones sobre los procesos administrativos relacionados con las deudas asumidas por los beneficiarios.
"La intención es tratar de darle facilidad a esa gente para que cancele y que el Estado ahorre en la gestión de esos créditos y se preocupe por los créditos que realmente aportan al recupero del IPV", explicó al Post, Gustavo Cantero, titular del IPV.
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Cuando se sancionó la Ley 9.378, el IPV contaba con 51.735 créditos, de los cuales 35.000 estaban en condiciones de cancelarse. Desde junio de 2022 a diciembre de 2023, se registraron 21.160 cancelaciones de créditos, quedando activos 32.118 créditos a junio de 2024.
Ahora, con este nuevo proyecto, el gobierno busca prorrogar la aplicación de la ley hasta 2026, con el fin de continuar regularizando la situación dominial y financiera de las viviendas del IPV.
"El objetivo de la ley es optimizar los recursos del Estado para administrar bien los créditos que hoy aportan al recupero del Estado para poder seguir haciendo política de vivienda", explicó Cantero.
Por otro lado, señaló que la cartera seguirá trabajando con cuotas que se ajustan al Coeficiente de Variación Salarial(CVS) y hoy en día los beneficiarios tienen cuotas que van entre los 30.000 y los 120.000 pesos, más acordes con la situación económica actual.
¿Cómo podrán pagar sus deudas?
Créditos con costo provisorio: Cuando se otorgaron ciertos créditos para viviendas, no se sabía el monto total exacto que se iba a gastar debido a problemas ajenos al beneficiario, como problemas con cooperativas que ya no existen o problemas de loteo que impedían la escrituración. Por lo tanto, se estableció un costo "provisorio" o temporal, hasta que se pudiera determinar el valor final.
Para resolver este problema, se estableció que los beneficiarios paguen una tasa que equivale al 10% del salario mínimo vital y móvil. Esto les permite a las personas que no podían escriturar, hacerlo.
Ampliación de créditos cubiertos: Originalmente, la ley 9378 cubría créditos hasta finales de 2015. Ahora se han incluido todos los créditos otorgados hasta noviembre de 2017, que se dieron a una tasa fija del 10% al 11% en pesos. Con el tiempo y la inflación, estas cuotas han ido desde 30 pesos hasta 5.000 pesos.
Cada una de las situaciones y los descuentos que se aplicarían
Para los casos de viviendas o créditos, cuyo saldo de capital más mora total sea de hasta el monto de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) al momento de solicitarlo, los adjudicatarios o beneficiarios del crédito podrán cancelar dicha suma con una quita del 60 %, siempre que se efectúe en un único pago y en moneda de curso legal.
Para las viviendas o créditos que fueron otorgados hasta el 31 de diciembre de 2005 y no se encuentran comprendidas con el punto anterior, podrán cancelar el saldo de capital más mora con un descuento del 50%, siempre que se efectúe en un único pago y en moneda de curso legal.
Para las viviendas o créditos que fueron otorgados desde el 1 de enero de 2006 hasta el 30 de noviembre de 2017 y no se encuentran comprendidas con el primer punto, podrán hacerlo con una quita del 40%.
Mientras que para aquellos beneficiarios que adhieran al presente régimen y se encuentren sin deuda vencida en el pago de las cuotas correspondientes a las viviendas o créditos, obtendrán un 10% adicional en la quita contemplada en los incisos anteriores.
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