¿Tienen garantía legal los rodados 0 km?

Los consumidores que hayan adquirido un vehículo nuevo deben tener en cuenta sus derechos.

¿Tienen garantía legal los rodados 0 km?

Por: Mendoza Post

La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) informa y recuerda a la comunidad que los vehículos 0 km tienen garantía legal, beneficio que se extiende también a los rodados usados que comercializan las agencias o concesionarios. Esta circunstancia se encuentra prevista en la Ley Nacional 24240 que establece en su Artículo 11:

"(...), el consumidor y los sucesivos adquirentes gozarán de garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, aunque hayan sido ostensibles o manifiestos al tiempo del contrato, cuando afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado, o su correcto funcionamiento".

"La garantía legal tendrá vigencia por tres meses cuando se trate de bienes muebles usados y por seis meses en los demás casos a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. En caso de que la cosa deba trasladarse a fábrica o taller habilitado el transporte será realizado por el responsable de la garantía, y serán a su cargo los gastos de flete y seguros y cualquier otro que deba realizarse para la ejecución del mismo".

Los adquirentes de rodados nuevos deben cumplir con los servicios técnicos previstos en el contrato, los cuales se realizan de acuerdo con una determinada cantidad de kilómetros o meses, contados desde la entrega del vehículo. Si esas revisiones técnicas no se realizan en tiempo y forma o se hacen por fuera de los talleres oficiales de la marca, la cobertura de garantía ya no tendrá efecto.

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Por esto, si en el plazo de los primeros seis meses el vehículo presentara defectos de fabricación, deberá prestarse el servicio de asistencia técnica sin costo alguno; y en caso de que el rodado presente la misma falla en más de una oportunidad durante el lapso de la garantía legal, el consumidor podrá realizar un reclamo para la sustitución de la parte afectada, ante la empresa vendedora y/o el fabricante y, en caso de no tener respuesta de ninguno de estos, ante la DDC.

En la venta de rodados usados

Asimismo, los compradores (consumidores) de vehículos usados deben saber que cuentan con la posibilidad de reclamar ante la agencia o concesionario por fallas de fabricación en el auto adquirido, siempre que el reclamo se efectúe durante los primeros tres meses de haber sido entregado el rodado para su uso personal.

Para exigir el cumplimiento de ese derecho, los consumidores deben exigir y conservar comprobante de la operación de compra/venta (boleto, factura u otro documento válido) que permita definir qué agencia vendió el vehículo, lugar y fecha de la comercialización.

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Asimismo, es importante señalar que la compra/venta de rodados usados entre particulares no se rige por la Ley Nacional 24240, por lo que deberá acudirse a la justicia civil frente a la a defectos del vehículo y controversias entre las partes, comprador y vendedor.

Por otras consultas o denuncias, comunicarse con la DDC por una de estas vías:

148 opción 3 (telefónicamente de 8 a 15)

148@mendoza.gov.ar

www.mendoza.gov.ar/consultas/

148 Mendoza (aplicación móvil)

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