La cámara provincial sostiene que la norma que modificó el Presidente es anterior a la creación de la revisión técnica obligatoria.
Por qué la RTO seguiría vigente después del "decretazo" de Milei
El decreto de más de 80 páginas que firmó Javier Milei establece 300 reformas que desregulan la economía e incluyen temas variados. Entre ellos, la circulación vehicular a nivel nacional. En la norma que modificaron al respecto, no se menciona a la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) ni al seguro autoromotor, por lo que está la duda de si se eliminó o no ese requerimiento.
Desde la Cámara de RTO de Cuyo, Eduardo Toranzo sostuvo al POST que "el DNU en nada afecta a la RTO ni al seguro obligatorio como documentación exigible. Pasa que modificaron una norma de 1958, pero claro que en ese momento no existía el seguro obligatorio, la RTO ni la Ley Nacional de Tránsito, que luego se ocupó de manifestar que documentación es exigible para circular".
El artículo 361 del decreto de Milei establece modificaciones al Decreto Ley 6582, de 1958, que estableció la creación del Registro de Propiedad Automotor. Establece que las cédulas se expidan digitalmente, pero no menciona a la RTO.
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Toranzo dijo que el DNU es confuso porque "deberían haber eliminado el párrafo que habla de la documentación exigible, ya que el mismo era de 1958, cuando no existía la Ley Nacional de Tránsito, que se ocupó con detalle de estas cuestiones. Eso habría evitado confusiones".
Desde el Gobierno de Mendoza habían señalado más temprano a este medio que no tenían precisiones al respecto. Desde la Asociación de Productores Asesores de Seguros de Cuyo (APAS Cuyo) también respondieron en ese sentido.
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"El problema ahora es que salió una noticia incorrecta en miles de portales y medios de comunicación, revertir ese efecto será muy difícil", cerró Toranzo.