En caso de no justificar la inasistencia a las elecciones, los ciudadanos deberán abonar una multa. Si no lo hacen, se exponen a más consecuencias.
Dónde pagar la multa por no haber votado en las elecciones
Los mendocinos inscriptos en el padrón electoral que no hayan acudido a votar este domingo 11 de junio se enfrentan a una multa. En caso de no pagarla, pueden tener consecuencias más allá de lo económico.
Este domingo, la Junta Electoral informó que votó el 70% de los ciudadanos habilitados. Es decir, unas 880 mil personas. El resto, si no justifica el no voto, debe pagar una multa que va de $50 a $500.
Cómo justificar no haber votado
En caso de haber estado a más de 500 kilómetros de distancia del establecimiento donde votaba, la persona deberá acudir a una comisaría del lugar en el que se encuentre y, con el DNI, pedir la constancia de no emisión de voto. La Policía debe dar un talonario o una hoja membretada firmada y sellada por la autoridad de la dependencia.
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Cuando la persona esté de regreso en su distrito electoral, debe acudir en un plazo no mayor a 60 días corridos a la Secretaría Electoral a finalizar el trámite. El trámite que debe completarse en la Secretaría Electoral correspondiente al domicilio se termina cuando el oficial de Justicia recibe el certificado policial y emite una constancia de justificación de no emisión de voto. Si este último paso no está completo, la persona quedará como infractora. El certificado policial no basta.
La otra posibilidad de justificar el no voto es por no haber tenido el DNI a mano en el momento de la elección. En ese caso, los ciudadanos podían obtener un certificado excusatorio el mismo día de la elección -o sea, el domingo 11 de junio-. Para tramitarlo, debían ingresar a este sitio y gestionar el documento para justificar la inasistencia.
Los que lo hicieron pueden presentarse este lunes ante las autoridades electorales con la constancia del trámite iniciado para terminar de justificar el voto.
Cómo pagar la multa por no haber votado
En caso de no haber votado, hay 60 días para presentar la documentación que justifique la no asistencia a las urnas. Si no lo hace, el ciudadano en cuestión figurará como infractor en el Registro de Infractores al Deber de Votar, que puede consultarse en este enlace.
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Si no lo justificó, deberá pagar la multa. Esto puede hacerse en el Banco Nación de forma presencial o virtual.
Qué pasa si no pago la multa
Las consecuencias para quienes no abonen la multa son la inhabilitación por tres años para ejercer cargos públicos y la imposibilidad de realizar trámites ante el Estado, tanto a nivel nacional, como provincial y municipal, por el término de un año.