El Gobierno de Mendoza establece que entre el sábado 22 de mayo, a las 0, y el domingo 30 de mayo inclusive, los servicios se prestarán con horarios restringidos y para actividades esenciales.
¿Cómo funcionará el transporte público durante el confinamiento?
En las últimas horas, la Secretaría de Servicios Públicos de Mendoza consignó, a través de un decreto, que el servicio de transporte aplicará por los próximos nueve días los horarios de domingo.
Así lo establece la Resolución 508, que manifiesta que "resulta necesario restringir el uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano del Área Metropolitana del Gran Mendoza autorizando la utilización del mismo sólo a aquellas personas que realicen actividades habilitadas"(ver Conocé si podés sacar el certificado y viajar en transporte público).
Las nuevas disposiciones indican que, a partir de las 0 de este 22 de mayo y hasta las 24 del 30 de mayo, las empresas del servicio de transporte regular de pasajeros de media y larga distancia sólo podrán prestar el servicio de transporte de pasajeros en las zonas y recorridos habilitados en la presente resolución.
De forma excepcional se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza, únicamente para trasladar a personal de Salud, personal perteneciente a las fuerzas de seguridad, personas que por enfermedad grave o tratamientos prolongados no puedan atenderse en hospitales o centros asistenciales cercanos a su domicilio con un acompañante, personas que deban trasladarse para el cuidado de familiares internados en hospitales o centros asistenciales y demás personas que realicen actividades habilitadas.
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Las personas precedentemente exceptuadas deberán acreditar su condición de la siguiente forma:
a) El personal de la Salud deberá exhibir en las boleterías correspondientes su último bono de sueldo o credencial profesional.
b) El personal perteneciente a las fuerzas de seguridad deberá exhibir en las boleterías correspondientes la credencial que acredite su calidad.
c) Las personas que por enfermedad grave o tratamientos prolongados no puedan atenderse en hospitales o centros asistenciales cercanos a su domicilio y las personas que deban trasladarse para el cuidado de familiares internados en hospitales o centros asistenciales deberán exhibir en las boleterías correspondientes un certificado médico que acredite esa situación personal o del familiar enfermo al que deban asistir.
Para la zona del departamento de Lavalle, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y no podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.
Para la zona Este, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz. No se podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.
Para la zona Centro, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de Tunuyán, San Carlos y Tupungato. No se podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.
Para la zona Sur, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe. No se podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.
Para la zona de Alta montaña, solo se podrán prestar servicios en los recorridos zonales internos. No podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.
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