El Ministerio Público Fiscal presentó recursos formales contra la sentencia de las juezas Urciuolo, Salido y Renna. Aseguran que no "valoraron el testimonio de las víctimas".
Caso Próvolo: irán a la Corte contra el fallo que favoreció a las acusadas
El Ministerio Público Fiscal presentó este lunes formales recursos contra la Sentencia de las doctoras Gabriela Urciuolo, María Belén Salido y María Belén Renna, quienes absolvieron a todas las acusadas y por todos los delitos en las causas conocidas públicamente como Provolo II.
En un extenso recurso, Alejandro Iturbide, Fiscal Jefe, y Gonzalo Nazar, Fiscal Adjunto Penal, plantearon todos y cada uno de los "vicios de la sentencia", pidiendo su entera anulación a la Suprema Corte de Justicia, en pleno, es decir, con intervención de sus siete miembros dada la trascendencia de los temas aludidos que exceden el interés de las partes de este caso al referirse al tratamiento de personas con discapacidad.
Entre los "agravios" principales que destacaron los fiscales están:
1. No haber valorado el testimonio de las víctimas conforme las pautas internacionales en casos de abusos sexuales ocurridos en la infancia, para mujeres en su mayoría, y personas con discapacidad.
2. Haber quitado valor a los informes del E.De.A.A.S. (Equipo de Abordaje en Abuso Sexual dependiente del MPF) bajo el argumento de "trabajar sus profesionales sólo con sesgo de confirmación de los hechos", siendo que las tres juezas en momentos inmediatos anteriores a la sentencia e incluso en tiempo concomitante, dictaron otras sentencias condenatorias valiéndose de informes del mismo organismo, sin queja alguna, y considerando valioso el aporte de sus profesionales.
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3. No haber tratado veintidós (22) pruebas invocadas por la Fiscalía, entre testimoniales y documentales, que podrían haber dado un rumbo distinto a la sentencia. No hay una sola palabra sobre estas pruebas.-
4. Haber mejorado la posición de los defensores, en varias situaciones, realizando planteos que ellos no efectuaron y considerando pruebas que no produjeron en el debate.
La sentencia
El pasado 18 de octubre, la monja Kumiko Kosaka y el resto de las acusadas fueron absueltas por todos los delitos por los que estaban imputadas en el Tercer Juicio por los casos de abuso sexual en el Instituto Próvolo de Luján de Cuyo, debate que tuvo la particularidad de contener tres causas que fueron acumuladas.
En la primera de las causas, la religiosa japonesa era la única imputada denunciada por tres personas, y acusada de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser la encargada de la guarda, corrupción de menores y por abuso sexual simple con corrupción de menores.
En tanto, en la otra causa en la que Kumiko era juzgada en soledad, la monja había sido imputada como presunta autora del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser el autor encargado de la guarda contra un menor de 18 años.
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Por su parte, Graciela Pascual Ivars (67) imputada por participación en términos de comisión por omisión en delitos atribuidos a Corbacho, Corradi, el jardinero Gómez, Jorge Bordón y un exjardinero; y la monja paraguaya Asunción Martínez, quien estaba acusada de participación en términos de comisión por omisión, emergente de la violación al deber de garante el delito de abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser cometido contra un menor de 18 años de edad, fueron también absueltas por el tribunal.
El resto de las acusadas también fueron absueltas, ellas son Gladys Edith Pinacca Andrade (directora del Próvolo entre 1997 y 2008), Cristina Fabiana Leguiza Funes (directora entre 2008 y 2010), Valeska Elizabeth Quintana Valenzuela (directora entre 2013 y 2017), Laura Alejandra Gaetan Sicardi (directora entre 2010 y 2013), Cecilia Alejandra Raffo Andreotti (psicóloga) y Noemí del Carmen Paz Torrez (cocinera del instituto).