El vicepresidente de la Cámara de RTO de Mendoza, dijo que sigue siendo alto el nivel de vehículos que no cumple con el trámite.
Analizan aplicar multas en julio a los mendocinos que no tengan la RTO
El secretario de Servicios Públicos , Natalio Mema advirtió que analizan aplicar sanciones a los mendocinos que no tengan hecha la RTO. La medida sería aplicada en julio
"Hace poco hicimos un nuevo cronograma para que quienes no tengan la RTO se pongan al día. Y ese papel está siendo exigible aunque en principio lo que se está haciendo no es sancionar sino hacer una recomendación", manifestó Mema en una entrevista a Radio Nihuil. En ese sentido, aclaró que "Probablemente en julio arrancarán las multas".
En esa misma línea, Eduarto Toranzo, vicepresidente de la Cámara de RTO de Cuyo contó que de mayo a junio hubo entre un 100 y 150 por ciento de aumento en la cantidad de vehículos que hicieron la revisión, dependiendo de las jurisdicciones.
Además, señaló que de las patentes 1 y 2, que eran las que tienen que regularizar durante junio, sólo un 23% del total se acercó a los centro de Revisión Técnica Obligatoria a realizar el trámite.
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Toranzo dijo que lamentablemente la cantidad de autos que no hacen la RTO es alta, pero baja cuando se hace fiscalización. En ese sentido, dijo que desde el 1 de junio inician las multas para quienes tengan vencida la revisión.
¿Quiénes tienen que hacer la RTO?
Motos: tendrán un plazo de gracia de veinticuatro (24) meses a partir de su fecha de patentamiento original para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria.
Autos, camionetas, furgones: que estén afectados al uso particular tendrán un plazo de gracia de treinta y seis (36) meses a partir de su fecha de patentamiento original para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria.
Camiones: que estén afectados al uso particular: tendrán un plazo de gracia de doce (12) meses a partir de su fecha de patentamiento original, para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria.
Acoplados y semi acoplados: que estén afectados al uso particular: tendrán un plazo de gracia de doce (12) meses a partir de su fecha de patentamiento original, para realizar su primera Revisión Técnica Obligatoria.
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