El dictamen final de Diputados detalla qué ocurrirá con la objeción de conciencia institucional. Los profesionales de la salud tienen el derecho de ser objetores.
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El proyecto de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) tuvo este miércoles dictamen en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación. Uno de los temas a tratar era la objeción de conciencia institucional, para que los efectores de salud privados que no quieran realizar abortos puedan negarse sin ser sancionados.
El proyecto de aborto legal comenzó a debatirse cerca de las 17.30 en un plenario de comisiones de Legislación General, Penal, Salud y Mujeres. Como se creía, no consideraron la objeción de conciencia institucional, pero incorporaron qué sucedería ante algunas situaciones que pueden dar. Por ejemplo, que todos los profesionales de la salud del lugar sean objetores y no haya nadie para practicar el aborto.
Perfil precisó que el artículo 10 manifiesta que el profesional de la salud tiene derecho a "ejercer la objeción de conciencia" en todos los ámbitos en los que ejerza su profesión: público, privado o de la seguridad social. Además, deberá "derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones" y "cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas".
Según Data Clave, el artículo 11 quedó de la siguiente manera: "Aquellos efectores de salud del Subsector Privado o de la Seguridad Social que no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia de conformidad con el artículo anterior, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó".
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"En todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica confirme a las previsiones de la presente ley. Las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación. Todas las derivaciones contempladas en este artículo deberán facturarse de acuerdo con la cobertura a favor del efector que realice la práctica", agrega el artículo.
El dictamen de mayoría del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo se firmó con 77 votos a favor, 30 en contra y 4 abstenciones. Se tratará en sesión especial de Diputados este jueves.
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