En Mendoza se votará por precandidatos en cinco categorías el próximo domingo. El voto en blanco, ¿cómo se cuenta y para qué sirve?
Elecciones: los mitos y verdades del voto blanco
El próximo domingo 12 de septiembre serán las elecciones PASO (Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) en Argentina. En Mendoza se votarán precandidatos en cinco categorías (dos nacionales, dos provinciales y municipales) para transformarlos en candidatos para las elecciones Generales del 14 de noviembre.
Qué se elige
En las PASO se elige los precandidatos de todas las agrupaciones para todos los cargos electivos en disputa. Son obligatorias para toda la ciudadanía habilitada para votar. Las agrupaciones políticas que hayan obtenido en las PASO al menos el 1,5% de los votos válidos competirán para ocupar los cargos públicos en las Generales. Los espacios que no sumen ese porcentaje no podrán participar de las elecciones de noviembre.
En Mendoza se eligen precandidatos a senadores nacionales, diputados nacionales, senadores provinciales, diputados provinciales y concejales en todos los municipios.
La importancia del "voto en blanco"
Los votos válidos son los que se emiten regularmente y se clasifican en votos afirmativos y los votos en blanco.
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Los votos afirmativos: cuando la boleta está completa en todas las categorías de cargos; cuando hay corte de boleta para los diferentes cargos; cuando la boleta "tiene tachaduras, agregados, roturas o sustituciones (borratina) pero cuyo encabezado se encuentra intacto" y cuando hay más boletas oficializadas de la misma lista y categoría de cargos (sólo se computará una y se destruirán las restantes).
Por su parte, los votos en blancos son cuando el sobre se encuentra vacío o contiene un papel (de cualquier color) sin imágenes, sin textos ni objetos extraños; cuando el sobre contiene una boleta oficializada pero le falta el cuerpo correspondiente a una categoría será voto en blanco "sólo para dicha categoría".
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La importancia del voto en blanco en las PASO radica en que influye para el recuento total de votos. Cada partido o frente, para competir en las Generales, necesita 1,5% de los votos válidos. Entonces son cruciales para determinar qué precandidato se convierte en candidato. A su vez, para cada espacio que tengan interna los votos en blanco no tienen influencia porque sólo se tiene en cuenta los votos afirmativos para cada lista. El dicho "un voto válido es un voto para el ganador" es un mito porque no es así.
Además de los votos afirmativos, también están los votos nulos, los votos recurridos y los votos impugnados, los cuales están excluidos y no modifican el total.
Los votos nulos: se emiten mediante boletas no oficializadas o que contienen defectos normales suficientes como para anular la opción electoral: en el sobre hay una boleta no oficializada (elecciones pasadas, de otros distritos electorales o falsificadas); en el sobre, junto con la boleta, se hallan incluidos objetos extraños como monedas, estampitas, etcétera; boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo o en las PASO, boletas oficializadas de distintas listas de una misma agrupación política para la misma categoría de cargos; boletas oficializadas que, por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contengan por lo menos el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir. Es decir: el encabezado está roto o dañado; boletas oficializadas que contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en los casos de tachaduras, agregados o sustituciones.
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Los votos recurridos: son aquellos cuya validez o nulidad fuera cuestionada en el escrutinio de mesa por algún/a fiscal. Se debe realizar un pedido fundamentado para ser enviado al juzgado federal con competencia electoral o a la Junta Electoral Nacional respectivamente.
Los votos impugnados: la autoridad de mesa puede impugnar la identidad cuando a su juicio la hubiere falseado o en caso de que se encuentre identificado con un grisado en el padrón como "ausente por desaparición forzada". Hay un proceso especial para este tipo de votos. Ellos, junto a los del Comando General Electoral, serán contabilizados pero no abiertos ni escrutados en la mesa. La Justicia Nacional Electoral decidirá su validez o nulidad.