La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó la constitucionalidad de la prisión perpetua. Fue un acto de justicia con las víctimas. Los matices del fallo.
Prisión perpetua: se ganó una batalla cultural
Hay que rebobinar en el tiempo. En 2019, el juez penal colegiado Eduardo Martearena produjo un fallo abolicionista, al dictaminar en contra de la prisión perpetua de los tres condenados por el asesinato del "trapito" Juan Bernardo Lucero, de una forma absolutamente brutal. El crimen había ocurrido en 2017. Por las circunstancias, perfectamente señaladas en el Código Penal Argentino, a los condenados sólo les cabía le pena de prisión perpetua. Sin embargo, el juez entendió que tal pena era "inconstitucional", y esgrimió una variada gama de argumentos que completan la biblioteca garantista y a la que adscriben amplios sectores de la justicia nacional y provincial. Sobre todo, la más relacionada al kirchnerismo judicial y a la agrupación K Justicia Legítima. El fallo de Martearena movilizó la maquinaria de apelaciones, desde el Ministerio Público Fiscal a través de Fernando Guzzo, y el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que el 30 de diciembre ratificó la plena constitucionalidad de la prisión perpetua por 7 votos a 0 aunque el fallo plenario (votaron todos los jueces), se conoció ayer. ¿Punto final? En parte sí, y en parte... no. Se ha ganado una batalla cultural absolutamente central de la vida de los mendocinos y se ha hecho justicia con las víctimas de los delitos más horrorosos contra las personas. Pero puede que la última palabra no esté dicha, según admiten fuentes del máximo tribunal en ambas alas "políticas" de la Corte local.
Mucho se especuló con este fallo de la Corte. Porque se sabe que una parte del tribunal, la "peronista" liderada por el juez Omar Palermo, es proclive a considerar de modo flexible y amplio los derechos de los delincuentes, en contraposición con la "radical" liderada por el presidente de la Corte Dalmiro Garay, mucho más dura, y en línea con las reformas judiciales muy trascendentes que se implementaron en las más diversas áreas durante el gobierno de Alfredo Cornejo: Reiterancia, prisiones preventivas más duras, Código de Faltas, juicios por jurados, celeridad de la justicia, tribunales colegiados para que nunca falten jueces, mayores castigos a los conductores borrachos, y varios más entre una treintena de cambios operados por Cornejo, el subsecretario de Justicia Marcelo D'Agostino, el ex ministro de Seguridad Gianni Venier, el propio Dalmiro Garay, entre otros. Ello, junto a la construcción de cárceles para descongestionar el vetusto sistema carcelario local. Por lo tanto, la consideración del fallo de Martearena se convirtió en una cuestión máxima de Estado.
Hubo mucho debate político. Una audiencia pública en la que hubo exposiciones memorables. Especialmente la de Matías Bagnato, líder del Observatorio de Víctimas del Delito, una más importantes del país. La justicia tiene que ser sentido común. "A las víctimas sí nos condenan a perpetua, y para siempre" dijo en aquellas audiencias, el año pasado, Bagnato, actor principal en la ley de víctimas que rige desde 2017. Muchos funcionarios del gobierno de Cornejo e incluso el ex gobernador, participaron de las audiencias convocadas por la Suprema Corte.
Ahora que la prisión perpetua fue ratificada como constitucional por nuestro máximo tribunal, el fallo debe aplicarse a todos los casos en los que hubo planteos de inconstitucionalidad de la perpetua. Uno de ellos, el del niño Valentín Tizza, asesinado a golpes por sus padres. Los condenaron a perpetua pocos días después del fallo del trapito Lucero, y sus abogados habían hecho el planteo "Martearena" de inconstitucionalidad. La diferencia fue que el juez del debate, Horacio Cadile, lo rechazó.
Durante los años de justicia kirchnerista, la impunidad de los delincuentes fue moneda corriente. En Mendoza, tales desvíos jurídicos se fueron corrigiendo con fallos mejores, pero fundamentalmente con gestión política del gobierno local, y de la justicia, a través de distintos actores en la Corte y en los poderes Ejecutivo y Legislativo. Todos somos iguales ante la ley. Todos merecemos las mismas oportunidades. Pero el Código Penal Argentino es claro respecto de que una importante cantidad de delitos contra las personas, casi todos de homicidio, rodeado de otras circunstancias que lo agravan, merecen perpetua. Ahora, es cierto que persiste un debate, respecto a que las penas no pueden ser indeterminadas ni "para siempre".
El análisis judicial estricto de la decisión de la Corte merecería un estudio aparte probablemente más voluminoso que el propio fallo. Pero cabe un repaso político. Es cierto que los cuatro jueces "radicales" (la mayoría) de la Corte y los tres de la "minoría" peronista, votaron los siete por la constitucionalidad de la perpetua. Pero los votos fueron diferentes. Mientras que la mayoría sustentada en el voto de José Valerio consideró sólo la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, estrictamente, la minoría apoyada en el voto de Omar Palermo dijo que no se puede analizar la pena de prisión perpetua sin la "ejecución" de la misma. Es decir, la forma en que se cumple. Y es allí donde plantearon las mayores objeciones respecto a que el encierro "para siempre" resulta cruel, degradante e inhumano, algo que está prohibido por las convenciones a las que adhiere la Argentina desde 1994. En verdad, para los ojos interesados, las más de 150 páginas del fallo resultan una "visita guiada" a las posiciones en pugna no solo en el alto tribunal, sino en toda la justicia, y la política. Lo primero que hicieron los gobiernos peronistas desatada la pandemia, por caso, fue liberar presos. Entre ellos al ex vicepresidente condenado por corrupción Amado Boudou. Mientras que en Mendoza se decidió mantenerlos en las cárceles, porque estarían más a salvo de los contagios, que afuera. El ejemplo es bien gráfico de las posturas.
Fallo: La Corte de Mendoza resolvió que la perpetua es constitucional
El voto de Dalmiro Garay, José Valerio, Pedro Llorente y María Teresa Day es demoledor. Se mete a fondo con cada uno de los argumentos que suelen usar el abolicionismo, y los detractores de la perpetua. Con muchísimo detalle y profundidad. Refutan esos argumentos uno a uno. El voto de Palermo, al que adhirieron Julio Gómez y Adaro con una ampliación, ratifican la validez de la perpetua como tal, pero en una esgrima de expertos dicen que el análisis de pena y su ejecución es indivisible. Es allí donde se meten fuerte en la política penitenciaria y sus condiciones, las que por supuesto son opinables.
Ambos grupos de la Corte reparten responsabilidades en la política. La mayoría "radical" incluso le pide a la Legislatura que acelere la reglamentación de institutos tales como el indulto y la conmutación de penas. Es decir, les dijo "...muchachos, si quieren liberar a los presos que mataron y violaron a una chica, a padres que asesinaron a sus hijos, pongan la cara ustedes". El otro grupo indica con claridad la responsabilidad del Congreso de la Nación en la sanción de un Código Penal al que consideran de modo implícito poco elástico, respecto de la perpetua. ¿Importan estas disquisiciones a las víctimas, o a la gente común? No. Sólo son importantes para jueces y abogados. Eventualmente, para los condenados a perpetua. Lo trascendente es que ahora hay una justicia para las víctimas.
El dilema principal fue resuelto. La prisión perpetua es clara e indubitablemente constitucional.
El dilema secundario, también. Un juez técnico colegiado que administra un debate en juicio oral y público, no puede pedir la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. Sólo lo puede hacer un juez de ejecución penal, cuando la defensa de un condenado pida sacarlo de la cárcel a los 35 años, a los 25 como en Europa, o en algún otro momento. Es decir, no puede haber otro "Fallo Martearena".
Se ha ganado una batalla cultural trascendente para la vida en comunidad de Mendoza.
Sin embargo, no está dicha la última palabra.