Las normas que impiden a las provincias comprar vacunas

El Jefe de Gabinete aseguró que "ninguna ley impide" que las provincias o los privados adquieran vacunas contra el Covid, pero varias normas centralizan en el Ministerio de Salud la compra y distribución de las vacunas.

Las normas que impiden a las provincias comprar vacunas

Por:Ana Montes de Oca
Periodista

Mientras el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, asegura que las provincias (e incluso privados) pueden comprar vacunas, las normas sancionadas en relación a la pandemia de coronavirus indican lo contrario. 

Empezando por el Decreto 260, aquel que regula toda la emergencia sanitaria, y que en su artículo 2 enumera las facultades del Ministerio de Salud, en los incisos 9 y 10, dice: " Coordinar la distribución de los productos farmacéuticos y elementos de uso médico que se requieran para satisfacer la demanda ante la emergencia. Entregar, a título gratuito u oneroso, medicamentos, dispositivos médicos u otros elementos sanitizantes".

Luego está la resolución 568/2020 que establece: "ARTÍCULO 6°. INSUMOS CRÍTICOS. Dispóngase que la Subsecretaría de Estrategias Sanitarias, unidad dependiente de la Secretaría de Acceso a la Salud, es la encargada de definir los insumos críticos necesarios para dar respuesta a la emergencia sanitaria por COVID-19 y coordinar su distribución.

Cafiero dijo que las provincias pueden comprar vacunas pero no es cierto

Y sigue: "ARTÍCULO 7°. SERVICIOS Y RECURSOS ESCENCIALES. El Ministerio de Salud determinará cuáles son los servicios y recursos esenciales para dar respuesta a la situación de emergencia originada por el COVID-19, a fin de ser tenidos en cuenta en las reglamentaciones sectoriales posteriores.

Esta resolución fue la que impidió que la provincia recibiera los respiradores que había comprado y que la Nación decidió retener para luego redistribuir en base a los criterios del Ministerio de Salud. 

La compra libre de vacunas en una chicana de Cafiero

Finalmente, la resolución 2883/2020,  del Plan Estratégico de Vacunación Contra la Covid 19 en la República Argentina, establece en el artículo 5° que "El MINISTERIO DE SALUD proveerá a todas las jurisdicciones las vacunas que se encuentren debidamente autorizadas para su uso y de acuerdo a la disponibilidad de las mismas en el territorio nacional, como así también jeringas, agujas, descartadores y carnets de vacunación"

La entrega de vacunas la define Vizzotti

Cafiero miente

El diputado naiconal Luis Petri expresó al Post que "Cafiero Miente. Mienten con la llegada de las vacunas y también con las dosis que se aplican y ahora con esto". Y agregó que él, junto con Alfredo Cornejo, presentaron un proyecto de ley de "Acceso y equidad en la vacunación contra el Covid-19", que "nunca quisieron tratarlo". 

El proyecto postula en su artículo 1 que "Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán adquirir para sus respectivas jurisdicciones vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19", También permite la compra de vacunas de manera privada con excenciones impositivas y aduaneras pero con la condición de que se done el 10% de las vacunas importadas al Ministerio de Salud de la Nacion. 

"No sólo no quisieron tratarlo al proyecto sino que, en ese momento, nos decían que nosotros queríamos privatizar las vacunas, cuando en realidad, cada persona que paga su vacuna es una persona menos a la que se la tiene que pagar el Estado. Ahora, como han fracasado en el plan, dicen que las vacunas se pueden comprar". 

Así hablaba Alberto de la compra de vacunas en forma privada:

Por un error del ministerio de Salud, Córdoba suspende la vacunación

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