A todo esto... ¿qué dice la ley de movilidad jubilatoria vetada por Milei?

Más allá de las consignas y banderas políticas, poco se ha reparado en el contenido de la ley que vetó Milei. Mirá los detalles y las claves de la normativa que quedó en suspenso.

A todo esto... ¿qué dice la ley de movilidad jubilatoria vetada por Milei?

Editó: Santiago Montiveros

La ley de movilidad jubilatoria aprobada en Argentina y luego vetada por el presidente Javier Milei ha generado un intenso debate entre el oficialismo y la oposición. 

Después de ser aprobada meses atrás, el presidente la vetó argumentando que se ponía en riesgo el equilibrio fiscal. En tanto, un grupo de opositores quiere reactivar la normativa, pero necesitan una cifra imposible de reunir: dos tercios de los votos del Congreso.

En este escenario, de banderas y consignas políticas a favor y en contra de la ley, poco se hizo mención al contenido técnico de la misma.

Las claves

La iniciativa mantiene el esquema de actualización por inflación aprobado a través de un DNU de Milei, pero le suma un incremento adicional del 8,1% a los haberes de abril (el Gobierno había otorgado un incremento del 12,5%), con el objetivo de completar el 20,6% de inflación correspondiente a enero.

Además, se dispone que el haber mínimo no puede ser inferior a 1,09 canastas básicas por adulto (que publica mensualmente el INDEC y define la línea de pobreza), lo que equivalía a $ 321.600, $ 15 mil más que el monto de junio.

Finalmente, el proyecto propone que la fórmula de movilidad no dependa sólo de la inflación sino que también tenga en cuenta los salarios. De esta manera, en caso de que el índice de inflación quedara por debajo del de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estatales (RIPTE), los jubilados recibirían el 50% de esa diferencia a través de un ajuste semestral.

Ver más: Así fue el reclamo en Mendoza contra el veto a la movilidad jubilatoria

Según estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), los cambios en la movilidad significarían un gasto extra del 0,45% del PBI en todo el año. 

El comunicado de la Oficina del Presidente, por su parte, afirmaba que la ley "implica un gasto del 1,2% del PBI, o lo que es lo mismo, 25% del PBI en términos dinámicos, obligando al Estado a contraer deuda que deberán pagar en e futuro los jóvenes argentinos".

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