El Polo Obrero movilizó a unas diez mil personas ayer entorpeciendo el tráfico y la circulación de personas. A pesar de múltiples leyes y una ordenanza. ¿Por qué no pasa nada?
Por qué los piqueteros pueden tomar las calles de Mendoza
Ayer y con satisfacción apenas disimulable, el dirigente piquetero Martín Rodríguez -del Polo Obrero- nos informó en nuestro programa Te Digo Lo Que Pienso, que se emite por Radio Nihuil, que había en ese momento del mediodía cerca de 10.000 piqueteros marchando por las calles de la Ciudad de Mendoza, en demanda de un aumento del Salario Mínimo a 75.000 pesos (ayer el gobierno nacional anunció que lo llevará a 33.000 pesos), un plan de obra pública, y aumento en los múltiples planes que reciben y administran las organizaciones sociales.
Fue curiosa la charla con Rodríguez. Aunque muchos de sus compañeros no tienen trabajo y se alimentan en los comedores, según él mismo denunció, el dirigente tiene empleo con estabilidad garantizada y es agente municipal de Guaymallén. "Puedo salir a marchar porque tenemos días para ausentarnos por razones particulares", explicó -molesto- cuando le preguntamos por qué no estaba trabajando a esa hora de la mañana. Es cierto, puede faltar sin razones que explicar, así lo admite el Estatuto del Empleado Público. Otra curiosidad que nos confirmaron más tarde los colegas de Diario Memo: El dirigente del Polo Obrero que nos explicaba la necesidad de protestar con marchas, además de empleado municipal es candidato a legislador del Tercer Distrito por el FIT. Estaba haciendo política. Y trasladando como ovejas a personas que en un número indeterminado no sabían qué hacían allí. Con el móvil de la radio, el periodista Matías Pascualetti interrogó a tres, que no pudieron hilar palabras ni explicar por qué marchaban. En una movilización anterior ocurrió lo mismo.
Es de tal magnitud la impunidad de quienes se movilizan por la zona urbana obstaculizando, bloqueando, interrumpiendo el tráfico de personas que tienen a su vez el derecho a circular, a trabajar, a salir, transitar libremente, a ir y venir de sus comercios y oficinas; que el dirigente piquetero Martín Rodríguez nos reconoció al aire haber montado esta segunda movilización en menos de una semana (la anterior fue el jueves), porque "el gobierno nacional se nos adelantó" en convocar al Consejo del Salario Mínimo, Vital Y Móvil. Por supuesto, el dirigente defendió la movilización, dijo que tales protestas son "legales" por fallos de la Corte Suprema que no pudo identificar. Y luego, culpó a los medios por las molestias ocasionadas. Aseguró que hay un "cerco mediático" que no difunde sus comunicados, y que por eso la gente no se entera de las movilizaciones y se "come" los embotellamientos. También contó que en ocasiones la gente "aplaude" a su paso.
La pregunta, a esta altura, es por qué los movimientos piqueteros han tomado parte del Gran Mendoza y la Ciudad Capital a sus anchas, a pesar de las actas y multas que les aplican.
Hay una ley nacional, una provincial, y una ordenanza municipal, que penalizan la obstaculización del tránsito con movilizaciones. Pero entre cierta "flexibilización" de hecho que existe en el gobierno provincial, la propia municipalidad, el ministerio público que agrupa a los fiscales, y los jueces, el fondo de la cuestión es que el derecho constitucional a la circulación libre está a la deriva, y que los ciudadanos que necesitan llegar a sus lugares de trabajo, estudio, o a sus hogares, no tienen en la vida real quien los defienda. Porque las herramientas que tiene el Estado para controlar este tipo de acciones parecerían ser insuficientes, o estar mal aplicadas.
El Código Penal de la Nación establece en su artículo 194 que "...el que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años..." Pero la justicia es elástica. En marzo de este año, el "ala peronista" de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, es decir los jueces Omar Palermo y Mario Adaro, dieron vuelta un fallo de condena a prisión emitido por el Segundo Tribunal Penal Colegiado, y liberaron a los dirigentes sindicales Raquel Blas y Roberto Macho de la culpa. Entendieron que ninguno de los dos podía ser "responsable" de la conducta de los movilizados que habían interrumpido el tránsito por la Avenida Peltier en el ala sur de la casa de gobierno, en febrero de 2018. Dijeron que la movilización era "nacional", que no se podía obviar el intento de "criminalizar la protesta", y que había otros lugares para desviarse, entre otros argumentos (como la inmunidad sindical que citó Adaro en su voto). El juez José Valerio, integrante de la misma sala penal de la Corte, votó en contra de la absolución y a favor de la condena. Antes, en 2019, la Cámara Nacional de Casación Penal -el máximo tribunal federal del país por debajo de la Corte Suprema- había revocado otra condena a los mismos dirigentes, por un corte de ruta que llevaron adelante en 2014 frente a la aeroestación Francisco Gabrielli.
El gobierno de Alfredo Cornejo modificó, con mucho debate público, el antiguo Código Contravencional de Mendoza, que tiene un capítulo dedicado a las movilizaciones. Es el inciso f) del artículo 55 de esa norma ampliada y modernizada en 2018, y que fue concebida para defender más a las víctimas y los afectados, que a quienes generan las contravenciones. Dice el código que está vigente (por si hace falta recordarlo) que se consideran "actos turbatorios y desórdenes" el "...organizar manifestaciones o reuniones públicas que convoque masivamente a personas en locales cerrados o al aire libre, sin dar aviso a la autoridad competente para que implemente las medidas de seguridad que el caso requiera...". La penalidad para quienes violan esta norma va desde las 200 UF (4.400 pesos), a las 1.000 UF (22.000 pesos). Y prisión de 2 a 10 días. El castigo es del doble si estas marchas que impiden el tránsito bloquean escuelas u hospitales públicos o privados. Respecto de la ley provincial, no prohíbe las movilizaciones. Pero impone la obligación de informar con antelación a la municipalidad y el Ministerio de Seguridad de la Provincia, para que puedan disponer cortes preventivos, desvíos, u otras medidas.
Fuentes del gobierno provincial dijeron que muchas organizaciones como el FIT, ATE, u otros gremios y partidos políticos han pagado numerosas multas por marchar "sin aviso". Y que cuando no lo han hecho, han logrado embargarles las cuentas. Funcionarios provinciales y municipales, en estricto off, cargan responsabilidades los unos a los otros por las escasas acciones en protección de los derechos de quienes quieren circular. Ambos, del mismo signo político, Cambia Mendoza. Sin embargo, hay que agregar que la policía ayer actuó, generó un acta y dio intervención a la Fiscalía Número 1:
Hay más. La Municipalidad de la Capital labró actas por las dos últimas movilizaciones del Polo Obrero, la del jueves 16 y la de ayer. Pero siguen marchando. En la Ciudad rige desde 2014 un Código de Convivencia, que fue antes proyecto del por entonces intendente de la capital provincial, desde sus épocas de concejal. Hoy es el gobernador Rodolfo Suarez. Este código prohíbe y multa las interrupciones del tránsito, y pone a disposición la explanada de la capital como "protestódromo".
Dice el código de los capitalinos en su artículo 19: "...a los fines de la realización de actos, manifestaciones, movilizaciones y expresiones similares a desarrollarse en el ámbito de la Ciudad de Mendoza, se pondrá a disposición el uso de la explanada del edificio municipal que, a tal efecto, se equipará, sin cargo alguno, con tarimas y sonido adecuado. Para ello, los interesados deberán presentar la solicitud correspondiente ante el Departamento Ejecutivo Municipal, con cuarenta y ocho horas (48 hs.) de antelación a la realización del acto". Finalmente, anuncia el "castigo" previsto: "Las movilizaciones y/o manifestaciones que tengan origen en un lugar distinto al indicado en el párrafo anterior deberán realizarse circulando por las veredas, respetando pasos peatonales y señales semafóricas. La infracción a la conducta descripta en este artículo será considerada como gravísima".
Las multas pueden ir hasta 15.000 Unidades Tributarias Municipales, es decir, unos 90.000 pesos.
No está claro por qué funcionarios provinciales, fiscales de la justicia provincial, funcionarios municipales y preventores, no intervienen a fondo para garantizar la libre circulación de quienes intentan transitar cuando las movilizaciones piqueteras bloquean el nudo vial, rutas y calles a veces por horas. Voceros del Polo Social no respondieron ayer a este diario, sobre si habían informado o no de la movilización a Seguridad Ciudadana de la capital y al Ministerio de Seguridad, tal como exigen el Código Contravencional de la provincia, y el de Convivencia de la Ciudad.
Sobran leyes, pero andaríamos cortos de funcionarios con ganas de aplicarlas en serio.
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